Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 . 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 78543 . 651 . 652 . 653 . 654 . 655 . 656 . 657 . 658 . 659 . 660 . 661 . 662 . 663 . 664 . 665 . 666 . 667 . 668 . . 78544. 671 . 672 . 673 . 674 . 675 . 676 . 677 . 678 . 679 . . 78545 . 680 . 681 . 682 . 683 . 684 . 685 . . 78918 . 616 . 617 . 618 . 619 . 620 . 621 . 622 . 623 . 624 . 625 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . 284 . .. CAF25337 285 . 286 . 287 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . 307 . 308 . 309 . 310 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . Campana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . . CSJ 5258 . 412 . . CSJ 791/18 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . 435 - 436 . 437 . 438 . 439 . 440 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . . CSJ 936 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . 451 . 452 . 453 . 454 . 455 . 456 . 457 . 458 . 459 . . CSJ 1525 . 460 . 461 . 462 . 463 . 464 . 465 . 466 . 467 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . 472 . 473 . 474 . 475 . 476 . 477 . 478 . 479 . . CSJ 2605 . 485 . 486 . 487 . 488 . 489 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . . CSJ 2841 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . . CSJ 769/20. 500 . 501 . 502 . 503 . 504 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . 510 . 511 . 512 , 513 . 514 . 515 . 516 . 517 . 518 . 519 . . CSJ 770 . 520 . 521 . 522 . 523 . 524 . 525 . CSJ 794 . 530 . 531 . 532 . 533 . 534 . 535 . 536 . 537 . 538 , 539 . 540 . 541 . 542 . 543 . 544 . 545 . 546 . 547 . 548 . 549 . 550 . 551 , 552 . 553 . 554 . . CSJ 243 . 555 . 556 . 570 . 571 . 572 . . CSJ 1141. 573 . 574 . 575 . 576 . 577 . . CSJ 1406 . 580 . 581 . 582 . 583 . 584 . . CSJ 1532 conicet 585 . 586 . 587 . 588 . 589 . 590 . 591 . 592 . 593 . 594 . 595 . 596 . 597 . 598 . 599 . 600 . 601 . 602 . 603 . 604 . . CSJ 14/22 . 605 . 606 . 607 . 608 . 609 . 610 , . CSJ 1224/23 . 611 . 612 . 613 . 614 . 615 . .. CSJ 1460/23 . 616 . 617 . 618 . 619 . 620 . 621 . 622 . 623 . 624 . 625 . . CSJ 1985/23 . 626 . 627 . 628 . 629. 630 . . CSJ 505 apocalipsis . 1 . 2 . 3 . 4 . crimenes . 1 . 1b . Anexos . 1 . 2 . 3 . 4 . . crimenes 2 . . remeros . . 35889 patrimonios rurales 631 . 632 . 633 . 634 . 635 . 636 . 637 . 638 . 639 . 640 . 641 . 642 . 643 . 644 . 645 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . . CartaDoc Alvarez Rodriguez . . CartadocSaulquin 1 . 2 . . cartadockawen . . declaratoria . . declaratoria FGSI . . a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . . BahiaBlanca . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa . . sentencia . . huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata . . Puerto ampliación . . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . proyecto islas . . islas . . denuncia orlando . . Banco Mundial . . Hidrovia . 1 . 2 . 3 . 4 . 4breve . . hidrovia11 . . Ramallo . . frigorio . . zanjon . . preguntas . . Chain . . asamblea . . agc . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . portoalegre . . arazati . . confesionario . . esquizofrenia2 . . vigia . . emocionypasion . . violacionesforoportuario . . errores . . anastomasis . . hidrovialicita . . Sarandi . . ayudaAGC . . necios . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . estelas . . Oyarvide . . servidumbre . . emisarios . . canela . . videos . . index . CDoc Nº 197561635 a Kawen y su Ovejitas Pilar Del Viso, 29/9/2025. A Facundo Suárez de la firma Kawen y a su barrio Ovejitas Pilar respondo las alertas a mi Hijo Hernán María de Amorrortu, titular de las parcelas vecinas a la de Ovejitas, Pilar, generadas por el envío de un gráfico que señala un error de 1,21 m en el extremo SO del deslinde de los predios. Estoy en estos predios delvicenses desde el 6/1/1980 y el 21/12/2021 hice donación de mis bienes a mis Hijos. Por conocer la historia de estos predios que reconocen a la Flía de Manuel de la Cruz desde 1685 hasta 1936 -251 años- y ser las últimas parcelas que conservan su carácter rural, con constancia de esfuerzos en la causa I 78543 en SCJPBA y malversaciones en ámbitos vecinales por causa I 78544 en SCJPBA, le solicitó mi Hijo Hernán que se comunicara conmigo para responder a sus reclamos en la traza del deslinde. Recuerdo que hace 30 añós estas parcelas a ambos lados de las 3 de Hernán, eran propiedad de Teodosio Brea y de sus Hjos. Entre ellos, Roberto Brea, gerente general de Ayres del Pilar y luego de Pilará, que intentaron les alquilara una franja para comunicar sus `propiedades. También recuerdo al agrimensor por ellos contratado que hizo las demarcaciones con recursos satelitales que acreditaban ajustes milimétricos en sus mensuras. Así fue que planté árboles y arbustos en ambos deslindes: los del barrio Oliden Joven al NO y los de Ovejitas al SE. A estos deslindes y a esas plantaciones ya les cabe sobrado “usus capion”. Ningún reclamo tuve en el deslinde de Oliden Joven, que en adición respetó los 7,50 m mínimos de la franja perimetral circulatoria que señala el Dec 27/98 sobre barrios cerrados, incluyendo el punto 8º del art. 3º que señala: Se exigirá un compromiso de forestación del emprendimiento y del tratamiento de la red circulatoria, incluyendo el mejorado o pavimentación de esa calle perimetral. A cambio, elevan un bodoque de hormigón de 40 cms de altura a 6,80 m del deslinde, que sin la menor duda desviará todas las aguas de esa franja hacia los predios de Hernán. En ausencia de los Estudios de Impacto Ambientel, (EIA), la firma Kawen no hace la menor mención de los entornos concretos de esta área de 2445 has en donde todos son barrios cerrados y clubes de campo con una densidad que por más de 4 décadas no superó los 32 Hab/Ha. Nunca menciona el art 55 de la ley 8912 que los limita a 30 Hab/Ha. Nunca mencionan el art 5º del dec 27/98 sobre área mínima de un barrio cerrado. Por ello, la ausencia del Estudio de Impacto Ambiental (EIA) es una burla. 13 barrios cerrados aparecen denunciados en el tercer hecho nuevo subido a la Causa I 78544 en SCJPBA, en donde ninguno cumple con estos requisitos recién mencionados. Ninguno cumple con el art 5º del dec 27/98 sobre parcela mínima de un barrio cerrado. Por ello, expreso la más rica información al final de http://www.hidroensc.com.ar/incorte418.html En la causa I 74719 en SCJPBA advierto por las regresividades inconstitucionales que trasuntan de la diseccionadora, reduccionista pretoriana jurisprudencia del máximo Tribunal cargada al inc 1º del art 161 de CP impidiendo juzgar causas relacionadas con ecologías de ecosistemas como originarias propias de este ámbito. Las imprescriptibilidades de los crímenes denunciados en SCJPBA antes de ser generados derivó en la fuga de más de 100.000 contribuyentes que no declaran estos bienes al fisco para no cargar con ellas. Y el fisco presidido por un amigo de Federico Salvai lo resuelve hace 7 años borrando del mapa a las leyes 8912 y 10128 y sustituyéndolas por la 10707 de Catastro. Y para embarrar bien la historia de la muerte de la 8912 proponen a los municipios a multiplicar sus propios códigos de urbanismo. Como respuesta al arte del urbanismo que mira para los próximos 60 a 100 años, Pilar ha generado dos nuevos códigos en tan solo 5 años. Las fórmulas de estos lavados de traseros vinieron propuestas en la Res 289/2019 por Dante Galeazzi, yerno de Eduardo Costantini, titular de Nordelta y de Puertos del Lago y por Agustín Sánchez Sorondo, hijo de Santiago y primo de Marcelo el vocero papal proponiendo la Res 400/2019 para santificar los crímenes hidrogeológicos más aberrantes de la provincia. Las negligencias de la AdA, de la DIPSOH y del OPDS han venido siendo registradas por este que suscribe y denunciadas en Justicia desde el 3/2/2000 en la UFI 9 de S. Isidro por causa 64205 y en SCJPBA desde Abril del 2005 por causa B 67491/2003, tras ser solicitado por los Secretarios de demandas Originarias Dres Ortíz y Martiarena para que los ayudara en una pequeña causa de hidrología urbana. 45.000 pags sobre estos temas aparecen subidas a la web en no menos de 2.000 html, de las cuales 18.000 págs aparecen inscriptas en causas judiciales. Y éstas de los crímenes hidrogeológicos también lo han sido en CSJN pues las trascendencias de estos crímenes al acuífero Puelches superan los límites provinciales Aquí el botón de muestra de Ovejitas Pilar nos descubre la debacle general y archi criminal de los urbanismos más aberrantes, que transfieren sus déficits fiscales a un desastre normativo, con la ley 10707 de Catastro como telón de fondo y los nuevos códigos de urbanismos municipales como decorados que embarran la cancha de estos escenarios jurisprudenciales diseccionadores, reduccionistas y pretorianos. No existe ecología que se baste con principios cartesianos. No hay ecología que se alimente de estas cegueras que denunciamos a nivel particular y a nivel global pues las encontramos instaladas en todos lados. Ningún urbanismo sano que respete las leyes 8912 y 10128 lograría competir en lucros dinerarios con estos urbanismos que denunciamos violando las leyes del ordenamiento territorial y uso del suelo en la prov. de Buenos Aires y hoy borrándolas del mapa. Por lo aquí expresado y lo adicionalmente expresado en el anterior vínculo http://www.hidroensc.com.ar/incorte418.html, solicitamos se invaliden las desidias y/o autorizaciones municipales otorgadas a Kawen para su barrio Ovejitas Pilar y se remitan estas actuaciones a la Exma SCJPBA, para que sean sumadas a las I 78543, I 78544 e I 74519. Veremos si el poder de Kawen alcanza a las Excmas SCJPBA y CSJN. Mientras dejan pasar los meses permitiendo que la obra de Ovejitas y sus aberraciones continuen, por Youtube alcanzo los testimonios de estos procesos: “ARBA arrasa” https://www.youtube.com/watch?v=KnlfNVzmxuk&t=556s “ARBA Girard” por https://www.youtube.com/watch?v=Ro9Yvo7gEYU “DPOUyT-ClaudiaRodriguez” https://www.youtube.com/watch?v=Tt21z3q5KNM "Arbol Luna Cruz" https://www.youtube.com/watch?v=OxfZFNtpJew&t=388s y este de 100 min.https://www.youtube.com/watch?v=3J826CTvUAA&t=79s El panorama a la vista acredita que las inconstitucionalidades de las normas descubren descalabros de “ecología jurídica” sembrados por todos lados. Todos resultan hijos de estas malparidas leyes, decretos, resoluciones y disposiciones administrativas. Si no tuviéramos estos ejemplos jamás se nos ocurriría hacer planteos abstractos de inconstitucionalidad. He trabajado en solitario para el bien común durante 29 años. Ver exp. 2400-1904 el 14/11/96 y no dudo heredaré lo que he amado en esta Vida. Así respondo al planteo de deslindes notificado a mi Hijo Hernán por Facundo Suárez de Kawen, Francisco Javier de Amorrortu DNI ...
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