Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 . 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 78543 . 651 . 652 . 653 . 654 . 655 . 656 . 657 . 658 . 659 . 660 . 661 . 662 . 663 . 664 . 665 . 666 . 667 . 668 . . 78544. 671 . 672 . 673 . 674 . 675 . 676 . 677 . 678 . 679 . . 78545 . 680 . 681 . 682 . 683 . 684 . 685 . . 78918 . 616 . 617 . 618 . 619 . 620 . 621 . 622 . 623 . 624 . 625 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . 284 . .. CAF25337 285 . 286 . 287 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . 307 . 308 . 309 . 310 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . Campana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . . CSJ 5258 . 412 . . CSJ 791/18 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . 435 - 436 . 437 . 438 . 439 . 440 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . . CSJ 936 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . 451 . 452 . 453 . 454 . 455 . 456 . 457 . 458 . 459 . . CSJ 1525 . 460 . 461 . 462 . 463 . 464 . 465 . 466 . 467 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . 472 . 473 . 474 . 475 . 476 . 477 . 478 . 479 . . CSJ 2605 . 485 . 486 . 487 . 488 . 489 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . . CSJ 2841 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . . CSJ 769/20. 500 . 501 . 502 . 503 . 504 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . 510 . 511 . 512 , 513 . 514 . 515 . 516 . 517 . 518 . 519 . . CSJ 770 . 520 . 521 . 522 . 523 . 524 . 525 . CSJ 794 . 530 . 531 . 532 . 533 . 534 . 535 . 536 . 537 . 538 , 539 . 540 . 541 . 542 . 543 . 544 . 545 . 546 . 547 . 548 . 549 . 550 . 551 , 552 . 553 . 554 . . CSJ 243 . 555 . 556 . 570 . 571 . 572 . . CSJ 1141. 573 . 574 . 575 . 576 . 577 . . CSJ 1406 . 580 . 581 . 582 . 583 . 584 . . CSJ 1532 conicet 585 . 586 . 587 . 588 . 589 . 590 . 591 . 592 . 593 . 594 . 595 . 596 . 597 . 598 . 599 . 600 . 601 . 602 . 603 . 604 . . CSJ 14/22 . 605 . 606 . 607 . 608 . 609 . 610 , . CSJ 1224/23 . 611 . 612 . 613 . 614 . 615 . .. CSJ 1460/23 . 616 . 617 . 618 . 619 . 620 . 621 . 622 . 623 . 624 . 625 . . CSJ 1985/23 . 626 . 627 . 628 . 629. 630 . . CSJ 505 apocalipsis . 1 . 2 . 3 . 4 . crimenes . 1 . 1b . Anexos . 1 . 2 . 3 . 4 . . crimenes 2 . . remeros . . 35889 patrimonios rurales 631 . 632 . 633 . 634 . 635 . 636 . 637 . 638 . 639 . 640 . 641 . 642 . 643 . 644 . 645 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . . CartaDoc Alvarez Rodriguez . . CartadocSaulquin 1 . 2 . .declaratoria . . declaratoria FGSI . . a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa . . sentencia . . huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata . . Puerto ampliación . . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . proyecto islas . . islas . . denuncia orlando . . Banco Mundial . . Hidrovia . 1 . 2 . 3 . 4 . 4breve . . Ramallo . . frigorio . . zanjon . . preguntas . . Chain . . asamblea . . agc . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . portoalegre . . arazati . . confesionario . . esquizofrenia2 . . vigia . . anastomasis . . emocionypasion . . violacionesforoportuario . . errores . . hidrovialicita . . Sarandi . . videos . . index .

hidrovialicita.pdf

Crímenes en Natura a partir de un ventury aprobado hace 57 años y denunciado en el 2015

Francisco Javier de AMORRORTU, DNI 4.382.241, por mi propio derecho y mis propias obligaciones, domiciliado en ..., Del Viso, Prov. de Buenos Aires, a V.E. me presento y con respeto solicito a a V.S. Dr Fernando Javier Arnedo considerar esta denuncia penal en el marco de la Acordada 18/2024 de creación de la nueva Secretaría Penal Especial que atiende juicios de lesa humanidad, competencia originaria, recursos por retardo o denegatoria de justicia y habeas corpus y que por acordada 15/2023 su naturaleza requiera una pronta decisión, habiendo dado comienzo a estas actuaciones judiciales en el Juzgado Federal de Arroyo Salgado por causa FSM 38.000/2015 visible por http://www.hidroensc.com.ar/denuncia%20sspyvnn.pdf y luego de 3 años de permanecer por sus especificidades estancada pedir su traslado a la causa CSJ 791/2018 en CSJN visible por http://www.hidroensc.com.ar/CSJ7912018demanda.pdf

y luego de quedar ésta también paralizada solicitar al Secretario Disciplinario y Técnico de la Procuración su intervención visible por http://www.hidroensc.com.ar/CSJ791casanova3052.pdf y por pasar los meses sin respuesta, verme obligado a reiterar las denuncias de este ventury por causa CSJ 1646/2019 visible por http://www.hidroensc.com.ar/CSJ1646hidrovia.pdf que concluyeraen una denuncia por jurisprudencia írrita visible por http://www.hidroensc.com.ar/csj1646jurisprudenciairrita.pdf , que agregada a la causa CSJ 791/2018 que todavía permanece abierta y adormecida, siendo bien poco poco probable que este fárrago de denuncias judiciales en CSJN por crímenes hidrológicos e hidrogeológicos cuyas remediaciones demoran en el caso de estas últimas, no menos de 800 a 5.000 años, reconozca en la historia de algún tribunal de justicia del planeta una denuncia de semejante gravedad tan reiterada y tan maltratada.

Aún así, la Justicia sigue siendo la vía más civilizada y respetuosa de alertar devenires apocalípticos, que en este caso apuntan a la reina del Plata y en cuanto se pongan en marcha los 2 emisarios de 4,3 millones de m3 diarias de vuelcos de efluentes al estuario quedarána la vista de los más ciegos, que nunca reconocieron a pesar de alertados, el historial y devenir del dichoso ventury propuesto por un joven que hoy tiene 95 años y se pasó la Vida tapando sus errores. Errores que comenzaron en 1962 robándose 4 Kms del curso del río Luján y cuyos adicionales son visibles por http://www.hidroensc.com.ar/hidrovia4.html

En este historial de aberraciones de más de 6 décadas, haber aplicado más de 60.000 horas de trabajo desinteresado, sin beneficios particulares otros que agradecer a Madre Natura por hospedar mi Vida en un antiguo terruño que reconoció la presencia de una misma Vida familiar durante 251 años desde 1685 a 1936, estimo apropiado ayudar a concentrar mirada a partir de la pág 25 de http://www.hidroensc.com.ar/denuncia%20sspyvnn.pdf que permita con estas bases transitar las otras causas que le siguieron.

Objeto

El objeto de esta solicitud a la nueva secretaría judicial en materia penal, acredita su urgencia en razón del llamado a licitación por Decreto N° 709/2024 del nuevo contrato de la hidrovía con fecha de apertura de sobres este próximo 29 de enero del 2025, para consagrar por 30 años, con opción a otros 30, a un elegido que continuará multiplicando estos crímenes hidrológicos e hidrogeológicos ignorando todo lo que han ignorado la ciencia, los gobiernos, las legislaturas y las justicias durante más de 60 años. Errores de la ciencia arraigados en la mecánica newtoniana desde hace 380 años, que ya fueron con radical brevedad expresados por Sir James Lighthill en 1986.

Habiendo la Justicia Ambiental eludido mirada durante 23 años a los dos primeros enunciados del art 6º, ley 25675, el único que define lo que es un presupuesto mínimo, tras negar el orden del par 2º,que indica en primer lugar mirar por el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos y en 2º lugar por su capacidad de carga, para recién en tercer lugar apuntar a “los temas generales del ambiente” y en 4º lugar a sus siempre declamadas sustentabilidades.

Esta negación elemental del orden con que cabe mirar a Natura en primer lugar, para luego darse a mirar por los de sus criaturas, lo carga la festejada ley 27566/2020 Acuerdo de Escazú sin jamás mencionar la voz “ecología”, mostrando que seguimos sin respetar lo elemental. Si a esto tenemos que sumar los errores de la ciencia, no queramos imaginar dónde estamos parados.

Las cavas criminales en el acuífero Puelchese incluso hasta llegar al piso del Hipopuelches a 40 mts de profundidad a la salida del ventury del Ar Las Víboras, para generar vuelcos de dragados infernales que el ventury generaba a su salida al estuario, prueban que ya en 1985 se daban a estas criminalidades sin que nada les importara más que ahorrarse traslados, ni nadie les objetara estos crímenes, que recién la causa FSM 38.000/2015 saca a la luz de la Justicia Federal de S.I.

La mancha negra en la margen superior izquierda de la imagen muestra el final de la escollera Oeste de la salida del ventury y los tres círculos a la derecha de la imagen, las cavas de 500 mts de diámetro y 40 mts de profundidad hasta el piso del acuífero Hipopuelches, cuya dureza invitaba a no seguir cavando. Por supuesto, estas tareas no han quedado registradas en expediente conocido que solicitara autorización de la por entonces responsable SSPyVNN en manos de radicales desde el Pacto de Olivos. De lo que siguió en manos del camaleónico José Beni en la AGP mejor ni hablar

Todo el historial que ha pasado por mis ojos de estos crímenes, reconoce la asistencia invalorable de los registros batimétricos específicos no menores a los 100 años archivados en la sede de la Prefectura Naval Argentina ubicada al final de la Avd. Montes de Oca. Por este motivo, el Ministerio de Seguridad a cargo de la Prefectura, ya ha solicitado ser informado de estos temas, por ser la institución más antigua, que atesora los registros más antiguos de estos suelos hoy transformados en infiernos, sin que hasta hace pocas semanas mostrara la necesidad de involucrarse.

Recuerdo haber pasado tantas jornadas capturando con soportes apropiados imágenes fotográficas muy prolijas de estos registros en el Archivo Histórico de esta sede de la Prefectura, que en una oportunidad los 2 especialistas del CONICET que trabajaban en el 2º piso de esta sede de la Prefectura y estaban a cargo del control de flujos a lo largo de 12 boyas en el recorrido del canal Mitre, al conocer estos trabajos, sacaron el DVD de la compactera donde lo estaban proyectando, me lo arrojaron y obligaron a que abandonara la oficina. Walter Dragani me siguió hasta la puerta del ascensor para verificar que marchaba y desde entonces nunca más permitieron mi ingreso a este noble archivo. La propia Ministra Nilda Garré se ocupó de acreditar esa prohibición.

Estos antecedentes no han logrado ser equiparados por nadie de los cientos de “especialistas” que la señal Linkedin a diario comunica y compila; habiendo uno de sus fundadores el Dr Federico Pinedo visitado en 2 oportunidades el terruño donde vivo. Su seriedad es inobjetable y recuerdo muy bien cuando presidiendo el Senado en el salón azul del Congreso de la Nación dirigió la audiencia pública por las represas del río Santa Cruz, en la que presenté un video y luego edité otros tres: https://www.youtube.com/watch?v=U3MLmthaLL4&t=168s

Uno de ellos para explicar los flujos convectivos y sus determinantes advectivos: https://www.youtube.com/watch?v=Kq8i_B2qlswEn este https://www.youtube.com/watch?v=xSQcd5-2siY&t=186sa pesar de referir al río Santa Cruz, no logré silenciar las aberraciones que durante 10 años vengo denunciado del ventury en el Ar. Las Víboras, concluyendo en este https://www.youtube.com/watch?v=U41e5VE8zWM&t=163s

Todos estos crímenes hidrológicos e hidrogeológicos de inconcebibles consecuencias, jamás se hubieran cometido si los errores que carga la ciencia hidráulica con la mecánica newtoniana hubieran salido a la luz más allá de las advertencias de Lighthill en 1986.

Por ello es inviable que esta Corte Suprema resuelva estas denuncias penales, sin antes sugerir seguir la senda de una Asamblea General Constituyente dispuesta –no a corregir-, sino, tan sólo a enumerar los errores de la ciencia en estos temas del agua en cuerpos de agua de llanuras.

Y por ser la Prefectura la que ha conservado por más de un siglo los registros batimétricos donde se han generado estos crímenes, solicitar al Ministerio de Seguridad de la Nación, que se ocupe de formalizar la invitación pública y abierta a todo aquel que aprecie participar “ad honorem”, presentando un trabajo de 15 págs (30.000 caracteres) o un video de 8 minutos, en donde descubra lo que esté a su alcance señalar de los interminables errores de la mecánica de fluidos, en 16 temas que aparecen sugeridos en 5 html y pdf:

http://www.hidroensc.com.ar/agc5.html http://www.hidroensc.com.ar/agc4.html http://www.hidroensc.com.ar/agc3.html http://www.hidroensc.com.ar/agc2.html http://www.hidroensc.com.ar/agc.html

Por tener elecciones legislativas en meses cercanos a esta denuncia y a esta propuesta, cabe que los 12 meses de tiempo propuestos para presentar estos trabajos, queden limitados a 4 meses y así aprovechar la selección de los mejores 100 trabajos, para también descubrir la calidad de vocaciones legislativas tratando temas de alta especificidad sin esperar otro premio que ayudar a construir una Nación más inteligente mirando 1º por Madre Natura, resaltando el valor de la “ecología” como hermana opuesta y complementaria a la ciencia, que todo lo particiona para luego unir los pedacitos con modelaciones matemáticas. Eso acerca la raíz indoeuropea *skei, escindir, cortar, partir que atesora la voz “ciencia”. “To scint”, escindir, cortar, partiren inglés. Por el contrario, la “ecología” enlaza ecosistemas con imágenes concretas. Por ello la propuesta del escrito de 15 páginas también habilita un video de 8 minutos.

Para animarse a participar de esta propuesta cabe reiterar que los trabajos no deben proponer la solución de los problemas, sino tan sólo “mostrar el problema”. Ya habrá tiempo para mirar por soluciones. El destino final de esta AGC es enfocar desarrollos demográficos en función de cuencas hidrográficas, que así permitan a las poblaciones hacerse cargo de sus aguas específicas.

Hoy por el contrario, tenemos a 17 millones de habitantes cargando en silencio las miserias que volcamos a tres cuencas que no sacan el 1% de sus flujos ordinarios al estuario. El río Matanza murió en Abril de 1786 y aún no le hemos extendido el certificado de defunción. Las muertes silenciosas que allí se generan ya se han cobrado más víctimas que las ofrendadas en las guerras de la independencia. Allí viven 4.700.ooo personas, que por su número están en condiciones de conformar el estado federal más poblado de la Argentina. Hoy son parte de una provincia más grande que Francia y España, en donde todas las cuencas son atendidas por una misma “AdA” que hace 10 años sólo tenía 11 inspectores para la misión imposible de controlar a toda la provincia.

Es obvio que esta AGC sacará a la luz todas estas miserias y aunque no las resuelva comenzará a poner en escala de ciencia, gobierno, legislación y justicia estas inconcebibles indiferencias.

Por eso la trascendencia de la decisión judicial en esta denuncia no debe quedar esperando la llegada de un mesías, sino invitando al Ministerio de Seguridad de la Nación a que invite a que miles de mesías aparezcan.

La escala e imprescriptibilidad de los crímenes supera cualquier capacidad y tiempos judiciales. Por eso solicitamos a V.E. la necesidad de abrir esta salida. No pedimos hacer justicia, sino abrir la senda de miradas específicas, que en este caso empiezan por errores de la ciencia de 380 años

La propuesta esbozada en estos hipertextos y pdfs incluye contenidos e ilustraciones específicas desarrolladas en 45.000 págs de texto publicadas en la web, de las cuales 18.000 corresponden a Justicia. No menos de 22.000 imágenes y 60.000 horas de trabajo, al alcance de quien aprecie participar de esta propuesta, que sugiero esté a cargo del Ministerio de Seguridad, por ser el único que hasta ahora ha conservado registros sinceros e invalorables de 100 años sobre estos temas. Todo el material necesario para abrir los ojos, es público y fértil a las raíces de miles de mesias.

Toda la brevedad del escrito de esta denuncia está respaldada por los cientos de páginas acumuladas en las denuncias FSM 38.000/2015, CSJ 791/2018 y CSJ 1646/2019 y en fecha reciente adicionalmente ilustrada por http://www.hidroensc.com.ar/esquizofrenia2.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/hidrovia3.pdfy

http://www.hidroensc.com.ar/anastomasis.html

La mirada a la hidrovía viene excitada por los 30 años con que proponen concesionarla y los capitanes de navío y gerentes portuarios que imaginan el alcance de sus tareas cubriendo los límites con que debemos mirar los sostenes vitales de Madre Natura, que esta denuncia advierte están en condiciones apocalípticas dispuestas a hacerse bien visibles a la vuelta de esta AGC

 

Petitorio

Solicito a V.S. Dr. Fernando Javier Arnedo, titular, titular de la nueva Secretaría Penal Especial creada por Acordada 18/2024 de esta Excma CSJN que refiere a juicios de lesa humanidad, competencia originaria, recursos por retardo o denegatoria de justicia y habeas corpus y que por Acordada 15/2023 su naturaleza requiera una pronta decisión, atender esta denuncia y la solicitud de su traslado al Ministerio de Seguridad de la Nación para que abra la senda de convocatoria a una Asamblea General Constituyente que permita abordar el reconocimiento de los “errores de la ciencia en mecánica de fluidos” y por ella transferidos a gobiernos, legislaturas y justicias por simple crédito de privilegios cognitivos.

En tanto el Ministerio de Seguridad transita estas sendas, disponer la suspensión de la adjudicación de un nuevo contrato de la hidrovía, hoy a cargo de Iñaki Arreseygor de la ANPyN

Sin más que expresar agradecimiento por atender esta denuncia de crímenes imprescriptibles de larguísima data, ya denunciados por este actor a partir del 2015 y conceder su transferencia al MSN tras advertir su seriedad y la propuesta para iluminarla, saludo a V.S. con la mayor consideración

 

 

Francisco Javier de Amorrortu, DNI 4.382.241

famorrortu@telviso.com.ar

Denuncia girada a ddespacho@csjn.gov.ar a las 10,50 am del 4/2/2025

y reconocida su recepción a las 11.02 am

 

Per saltum

Francisco Javier de AMORRORTU, DNI 4.382.241, por mi propio derecho y mis propias obligaciones, domiciliado en Lisandro de la Torre 9260, Del Viso, Prov. de Buenos Aires, a V.E. me presento y con respeto solicito a V.E. atender esta denuncia cuya urgencia me obliga a este per saltum.

Objeto

Este per saltum está justificado por los tiemposdecisivos de la licitación de la hidrovía, que una vez superados ya no hay oportunidad de actuar. La tarea judicial es sólo formal, pues no tiene que investigar nada. Sólo tiene que dar lugar a que el MSN se ocupe de convocar a la AGC para que todos los que quieran participar descubran “algo” de los errores de 380 años que carga la mecánica de fluidos. Esos errores no los van a descubrir el titular de la Sec de juicios penales especiales, ni el de la Sec penal Nº 3, ni la Sec de juicios ambientales. Tampoco V.E. atendiendo este per saltum.

Objeto extendido

La denuncia al Dr. Arnedo lleva 5 días sin conseguir abogado que presente el formulario al sistema, a pesar de solicitado ayuda a la Defensoría Gral de la Nación y al Ministerio de Seguridad de la Nación. Hasta hace un año tenía patrocinante para mis causas, pero por razones de edad y cansancio extremo decidí abandonar estas tareas.

Sin embargo,a inicios del 2024 mi conciencia me pedía que no las abandonara. Y así fue que comencé a desarrollar las bases de lo que sería la denuncia penal contra el Dr. Lorenzetti, el Dr Néstor Cafferatta y el principal actor de la causa Matanza Riachuelo el Dr Andrés Nápoli; los dos últimos, con trato personal y muy apreciados desde hace casi 20 años.

Esos anticipos aparecen publicados en http://www.hidroensc.com.ar/crimenes.html y sus vínculos por http://www.hidroensc.com.ar/crimenes1b.html con sus correspondientes anexos muy ilustrados: http://www.hidroensc.com.ar/crimen.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/crimen2.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/crimen3.pdf

http://www.hidroensc.com.ar/crimen4.pdf

Este proceso de maduración concluyó a mediados del 2024 en que presenté esta denuncia formalhttp://www.hidroensc.com.ar/crimenes2.htmlque tras el intento fallido de subirla a la Corte tras hablar dos veces con la directora de la mesa de entradas y no lograr resultados por las mismas razones que ahora me impiden presentar esta sobre la hidrovía, concluí en la remisión de la misma por correo privado a los Dres Cafferatta y Nápoli con los que siempre mantuve contacto por años. El resultado de esta comunicación concluyó en la baja de la causa Matanza Riachuelo el 22/10/24.

Por motivos que estimo bien providenciales, la denuncia al Dr Arnedo concluyó sin alcanzar patrocinio letrado. Aclaro que llevo más de 60.000 horas de trabajo sobre temas de hidrogeología e hidrología, expresadas en más de 45.000 páginas publicadas en la web, de las cuales 18.000 págs están en Justicia. A esto se suman más de 22.000 imágenes, la mayoría, de pantalla cimpleta.

Hoy cargo en mis espaldas el récord mundial de causas de hidrogeología e hidrología en CS: 52 en SCJPBA y 24 en CSJN. Nunca trabajé por dinero u honores, ni he pedido atenciones que no fueran para exclusivo beneficio de Madre Natura, respetando a rajatablas el orden de los 4 enunciados del par 2º, art 6º de la ley 25675, el único que define lo que es un presupuesto mínimo; su vez respaldado en su prelación legal por art 241 del nuevo CCN.

Nunca nadie ha respetado ese orden: 1º mirar por el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos; 21 mirar por su capacidad de carga; y recién en tercer lugar mirar por los temas”generales” del ambiente. Y en 4º lugar por las siempre declamadas sustentabilidades y sus correspondientes “gobernanzas”. Como somos mentirosos y mezclamos todo, seguimos ignorando que la “ecología” es la hermana opuesta y complementaria de la ciencia. Lo que esta particiona y luego une con recursos matemáticos, la ecología los une con imágenes concretas.

Así por caso la ciencia hidráulica dice modelar flujos “laminares”, que jamás fueron fotografiados en microscopio molecular alguno. Por el contrario, los flujos “convectivos” lo fueron a mediados de la década del 70. Ver este http://www.hidroensc.com.ar/anastomasis.html

Pretender que la Justicia se ocupe de estos temas es tarea imposible. No obstante resulta el lugar más civilizado para plantear estas abismos cognitivos. Por ello en esta denuncia sobre la hidrovía, la solicitud es solicitar al MSN que se ocupe de gestionar la invitación a quien aprecie participar en la exposición de los errores de la ciencia en materia hidráulica, sin necesidad de señalar la solución de los mismos.16 temas (4 dedicados a las hidrovías) en los que cabe sólo señalarlos. Propuesta visible por http://www.hidroensc.com.ar/agc5.html

http://www.hidroensc.com.ar/agc4.html

http://www.hidroensc.com.ar/agc3.html

http://www.hidroensc.com.ar/agc2.html

y/agc.html

 

Petitorio

Siendo tan acotada la tarea judicial de dar traslado de la denuncia al MSN para que atienda la propuesta de abrir al concurso libre y general el simple reconocimiento de los errores de 380 años de la ciencia hidráulica, sin que la Ministra de Seguridad esté obligada a aceptar esta tarea; y al mismo tiempo solicitar al titular de la ANPyN la suspensión temporaria de la licitación, solo resta apreciar si este que suscribe tiene antecedentes de trabajo y de criterio para justificar la trascendencia de esta solicitud a V.E. a quienes con el mayor respeto y aprecio agradezco su atención

Francisco Javier de Amorrortu, DNI 4.382.241

famorrortu@telviso.com.ar

tel 02320 475291

 

Aquí aparece publicada esa solicitud: http://www.hidroensc.com.ar/hidrovialicita.pdf

Reportaje 7/2/2025

https://www.sl24.com.ar/editorial-jorge-metz-licitacion-hidrovia/

https://www.sl24.com.ar/editorial-jorge-metz-licitacion-hidrovia/

ver a partir del min 45

https://www.youtube.com/watch?v=urzKetfEOJQ