Hidrología en Suprema Corte . 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . 45090 CABA . 221 . 222 . 223. 224 . 225 . 226 . 227 . 228. 229 . 230 . . 45232 CABA . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . 236 . 237 . 238 . 239 . 240 . 16191 CABA . 241 . 242 . 243 . 244 .245 . . CCF4817 . 246 . 247 . 248 . 249 . 250 . . CSJN . 251 . 252 . 253 . 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . 262 . 262 . 264 . 265 . . 35889 patrimonios rurales 266 . 267 . 268 . 269 . 270 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . . hidrolinea . . código 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . ocsa . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . index .

Notas varias al exp 492/09

Al Intendente Humberto Zúccaro, Del Viso, 11 de Junio del 2014

Acercamos a fs 107, 108 y 109 del Exp 492/09 este texto y un DVD con documentación correlativa.

Documentos que se fueron gestando durante 30 años y hoy acercamos a solicitud de Legislatura para la protección de estos sobrevivientes jardines, las obras de arte en ellos y guías para su conservación y cuidado desarrollo.

Los escritos que dieron lugar a la generación de derechos subjetivos fueron expresados en el primer trimestre de 1996 y han quedado registrados en los exps municipal Nº 6643/96 y provincial Nº 2335-14399/96.

Archivo Word 1. Causa judicial 3 . 70.000 caracteres

Traduciendo lo solicitado en esos escritos, esos derechos subjetivos quedaron expresados en el Decreto Municipal N° 2161 del 20/12/96 (Ver Anexo II) y en las Disposiciones 259/97 y 450/97 de Catastro Económico Provincial.

Sus respetos vienen expresados por los artículos 108º y 114º de la Ordenanza General 267 -Código de Procedimientos Administrativos Municipales-, que recuerdan:

ARTICULO 108°: Todo acto administrativo final deberá ser motivado y contendrá una relación de hechos y fundamentos de derecho cuando:

a) Decida sobre derechos subjetivos.

c) Se separe del criterio seguido en actuaciones precedentes o del dictamen de órganos consultivos.

ART. 114°: La administración no podrá revocar sus propias resoluciones notificadas a los interesados y que den lugar a la acción contencioso-administrativa, cuando el acto sea formalmente perfecto y no adolezca de vicios que lo hagan anulable.

Asimismo, en la extensa historia jurídica del máximo tribunal de la Nación rescatamos subrayado el siguiente párrafo: "Todo derecho que tenga un valor reconocido como tal por la ley, sea que se origine en las relaciones de derecho privado, sea que nazca de actos administrativos (derechos subjetivos privados o públicos), a condición de que su titular disponga de una acción contra cualquiera que intente interrumpirlo en su goce, así sea el Estado mismo, integra el concepto constitucional de propiedad".

En las acciones judiciales que dispuse tras 4 años de inútiles intentos de resolver por la vía administrativa esos derechos (exp munic. 492/09), el objeto original de mi demanda fue totalmente desvirtuado por el Juez del CA Nº1 de San Isisdro y por los miembros de la Hon. Cámara de San Martín. Finlmente, el recurso de queja fue despreciado por la SCJPBA por no acercar las copias originales de las resoluciones que fueron transcriptas de la base de la mesa virtual.

Recordamos que el fundamento de la pretensión procesal no es su motivacion, invocada o no, sino los acaecimientos de la Vida en que se apoya; no para justificarla, sino para acotarla, esto es, para delimitar de un modo exacto el trozo concreto de realidad al que la pretensión se refiere y que en el escrito de la demanda es preciso que se aporten todos aquellos elementos fácticos, históricos, que, efectivamente, jueguen tal papel delimitador.

Asimismo recordamos que frente al objeto ambiental y cumplimiento de la cláusula constitucional se impone, no solamente una flexibilización en materia procesal, sino una justicia de acompañamiento, con facultades instructorias para el magistrado, en aras a la protección de tal derecho y garantía.

Nada de ésto en 10 años de actuaciones en SCJPBA he percibido. A pesar de ello rescato lo mucho expresado y aprendido. Prueba de ello son estos testimonios que a la Disposición DCEM-12/2007, que me fuera alcanzada vía mail el día 19/2/08 a las 12.14 p.m. dieron respuestas directas e indirectas muy contenedoras, comenzando por recordar los derechos subjetivos acreditados a la solicitud provincial y municipal de 1996 fundada en este primer texto que sigue:

1. Causa judicial 3 de Marzo de 1996 . 70.000 caracteres

2. Al valle de Santiago del 10/5/2002PDF 180.000 caracteres

3. ¿Es dable descender al hombre concreto? 22/6/2004 PDF 45.000 caract.

4. Campito planeamiento . 8.500 caracteres

Comunicación informal al Dir de catastro Económico del 21/2/08

5. Respuesta a Rodriguez 3 del 29/2/08 . 5.000 caracteres

Al Sr. Intendente Humberto Zúccaro y al Sr. Director de Catastro Económico

6. pronto despacho 30/5/2008 . 15.000 caracteres

7. presentadenuevo del 16/1/09 . 1.500 caracteres

8. A Graciela del 12/10/09 . 9.000 caracteres

9. Campito reitera planeamiento del 13/10/09 . 89.000 caracteres

Al Intendente del municipio del Pilar, Humberto Zúccaro, del 13/10/2009 Ref exp prov 2335-14399/96 y municipal 6643/96; decreto municipal N°2161/96, notas al Dir. de Catastro Económico Rodríguez, a la Dir de Planeamiento Emilianovich, al Sec de Planeamiento Basile, a la Dir de Planeamiento Merlotti que fueron generando alcances al Exp 492/09

10. A basile del 22/3/10 . 22.000 caracteres

11. Respuesta del 5/4/10 . 14.000 caracteres

Al Sr. Intendente Humberto Zúccaro, al Sr. Director de Catastro Económico Agr. Carlos Rodríguez y a la Secretaria de Economía y Hacienda Dra Aranzasti. Pilar, 5 de Abril del 2010. Ref: Dec 2161/96; Disp DCEM-12/2007 y exp 492/09

12. Rodriguez respuesta a del 21/5/10 . 23.000 caracteres

Nota informal al Dir de Catastro económico

13. Respuesta del 5/10/10 . 14.000 caracteres

Respuesta a la notificación del 29/9/10 y a los fs 50 y 41 del exp 492/09.

14. Campito demanda . 110.000 caracteres

Texto subido a la web el 27 de Octubre del 2011

15. A basile del 10/2/12 . 5.000 caracteres

16. Causa judicial campito del 27/6/2011 . 72.000 caracteres

17. 35889 campito demanda del 18/4/2013 . 88.000 caracteres

Causa 35889 en el JCA Nº1 de SI, del 18/4/2013, que ignorando el objeto de la demanda no fue considerada como materia ambiental

18. 35889campitoampliacion de la demanda del 27/4/13 . 20.000 caracteres

19. 35889respuestas al proveido del 13/5/13. 9.000 caracteres

20. 35889Apelación a Cámara del 29/6/2013 . 32.000 caracteres

causa 3752 en la HCACASM

21. 3752 Recurso de queja en SCJPBA del 6/2/14 . 214.000 caracteres

22. Consenso2 del 18/6/13 . 24.000 caracteres

Carta previa a la Dra. de Planeamiento Arq Graciela Merlotti,

23. Consenso3 del 20/6/13 . 65.000 caracteres

Carta del jardín “Al Maitén” a las autoridades del Municipio de Pilar

24. Memoria urbanística del 26/6/2013 . 32.000 caracteres

25. Viviana4 del 26/5/2014 . 9.000 caracteres

INFORME AMBIENTAL del jardín Al Maitén y Validación de la Ing Viviana Fortunati

26. Paisaje protegido del 11/3/2014 a un asesor de Mariotto . 29.000 caracteres

27. 73038mar del 15/5/2014 . 30.000 caracteres

Proyecto de impugnación de la ley 12704

28. dppcfariasgomez del 29/5/14 . 7.500 caracteres

A la Dir. Prov. de Patrimonio Cultural

29. ley 10419priv del 5/5/14 . (sin contar sus caracteres)

30. regalo de reyes PDF Por Maitena de Amorrortu a pedido el Director de la agencia EFE de Madrid. (sin contar sus caracteres)

31. la viga de cruce PDF de Agosto del 2000 (sin contar sus caracteres)

32. al establo PDF. (sin contar sus caracteres)

33. comentarios la nacion. (caracteres sin contar: aprox 2 millones)

Dictamen 154 del 4/5/10 de la Dir de asuntos legales del Municipio, que a fs 32 del exp 492/09 interpreta compromisos entre los arts 1º y 5º de la ley 12704 que enderezan a la más desquiciada inconstitucionalidad, tanto de la norma, como de los dominios privados exigiendo la apertura de una calle pública en el predio privado que solicita protección en el marco de esta ley 12704, reglamentada por dec 2314/11.

34 años de trabajo; más de 1700 toneladas de obras de arquitectura cargadas de identidad; aprox 5 toneladas de esculturas, cuidado de 280 árboles de más de 150 años: 150 de más de 60 años; y plantados por el que suscribe: 570 de 33 años y más de 1600 arbustos de comparable edad; 30 millones de caracteres subidos a la web sobre temas del uso del suelo y defensas de planicie de inundación. 12 millones de caracteres en SCJPBA en 39 demandas de hidrología urbana en 9 años; y tan solo 1.242.000 caracteres en comunicaciones y solicitudes municipales y judiciales para, según los jueces, esquivar unos 12.000 pesos que con multas y honorarios devinieron $27.000.

Ignorando por completo y controvirtiendo por su cuenta el objeto de la demanda, éste era el meollo de la demanda según el juez de 1ª instancia y los de la alzada.

Aunque su objeto señalaba puntualmente la necesidad e ineludible oportunidad de defender los derechos subjetivos apuntados, a sus manifiestos e improcedentes caprichos, éstacausa no era ambiental y por lo tanto debía pagar una tasa de justicia de 100 pesos.

Pagando esos $100 les regalaba el crédito de que la causa no era ambiental.

Negándome a ello, se negaron entonces a juzgar el objeto de la demanda y por su cuenta determinaron que el objeto de la demanda eran los 27.000 pesos.

Al mismo tiempo, para confirmar que los planetas estaban algo más que desalineados, el municipio respondía a la solicitud del consenso para enmarcar a estos predios en las protecciones de la ley 12704, solicitándonos porDictamen 154 del 4/5/10 de la Dir de asuntos legales del Municipio, que a fs 32 del exp 492/09 aceptáramos abrir acceso público al predio. Así, desquiciando el concepto de lo privado, liquidaba la solicitud de consenso

Sin embargo, dos meses después de roto este camino del consenso recibimos la sosprendente oferta de US$ 30 millones por parte de dos personeros del ejecutivo para comprar la propiedad. Un valor 10 veces más alto a los del mercado, probando que el ánimo para devorarse la propiedad alcanzaba respuesta en exorbitante expresión. Los planetas se alineaban para el churrete.

Una forma implícita y explícita de confirmar que este lugar tiene algo extraordinario, que por cierto, insistimos en proteger para que no sea pasto para fieras insaciables de dinero, que nada de esto se van a llevar al cielo y sus Vidas ya parecen bastante maduras para entenderlo.

Le sea útil esta nota, junto al del informe ambiental, su validación por la profesional en ciencias naturales Ing Viviana Fortunati, la carta del jardín Al Maitén ya presentada el año pasado junto a su memoria urbanística y la nota presentada el 29/5/14 a la Directora provincial del Patrimonio Cultural como anticipo a la solicitud legislativa provincial, para considerar la renovada solicitud de consenso que por este exp 492/09 venimos gestionando, para que queden huellas comunales no privadas de coherencia, perseverancia y trabajo.

Sin más por el momento que expresar, le saluda atte.

Francisco Javier de Amorrortu

 

a la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural

Sra Marian Farías Gómez, calle 12, Nº 771, La Plata

Del Viso, 29 de mayo del 2014

A Fs 110 y 111 del exp 492/09 de Mun. de Pilar

Por la presente solicito a la Sra Marian Farías Gómez, titular de la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural, considerar esta solicitud de protección patrimonial de al menos un par de construcciones que se encuentran en parcelas de mi propiedad en Del Viso, calle Lisandro de la Torre por entrada en el cruce con la calle Carlos Bosch, a la altura del Km 44 del acceso Norte a Pilar.

La dominialidad de este predio ya cuenta con derechos subjetivos otorgados hace 17 años en función de estos mismos objetivos, con participación sumada a los valores paisajísticos de un jardín de antigüedad poco frecuente y preservado

La brevedad con que la ley 12704 y el dec regl 2314/11 consideran a los patrimonios privados que buscan consensuar estas protecciones, no contribuye en nada a su gestión. Por ello advertimos la alternativa de gestionarla por vías más particularizadas y especializadas.

Estos hechos y circunstancias generales, culturales, administrativas, técnicas y legales, están expresados y reiterados en esta presentación que sigue y en las anteriores ya presentadas al municipio y publicadas el año pasado. 

Hay una página web expresamente dedicada a este jardín, a sus paisajes, a sus obras y a insospechados frutos derivados de una muy prolongada armonización de esquizofrenia, en expresiones de cuidado que hoy trascienden a ecología de ecosistemas hídricos en planicies extremas, reconociendo 38 demandas de hidrología urbana en SCJPBA tras dedicar 17 años seguidos a sus defensas en aprox 40.000 folios de presentaciones administrativas y judiciales.

La página referida al jardín y a sus obras es http://www.amoralhuerto.com.arsuperando las 8 Gigas de datos con más de 1700 archivos. Las referidas a las defensas judiciales: http://www.hidroensc.com.ar

Los procesos de armonización se gestaron a lo largo de 34 años, sin jamás haber visto a un médico después de salir de la internación, ni haber tomado media aspirina en 34 años, ni rendir culto a dioses extranos y sin nunca alcanzar un presupuesto comparable al que adjudican al mantenimiento de presos y locos en el presupuesto general de la Nación.

Ver http://www.paisajeprotegido.com.ar/lavigadecruce1.html y sigs.

Todo resuelto con el trabajo diario sin auxilio de profesional alguno; llámese albañil, techista, arquitecto, calculista, cementista, azulejista, plomero o electricista. Y para probar la confianza propia de artista, sin jamás esbozar un plano para guiar y así avanzar en la resolución de las obras. Entre las cuales se cuenta una de 500 toneladas, cargada de identidad.

Como la locura afecta en primer grado la personalidad y lleva a la identidad a sostener nuestra Vida morando en abismos, considero oportuno resaltar el origen de estos testimonios, pues así su valor supera en aprecios al estrictamente plástico y destaca el valor del desarrollo de la locura cuando no queda bloqueada por medicación, ni contenida en un encierro “terapéutico”.

Testimonios que dan lugar a afirmar que Madre Natura es el primer e incomparable remedio para las grandes desestructuraciones. Que aquí prueban sus armonizaciones no ser fruto de medicina alguna, otra que no sea espiritual, de fuente arquetípica pèrsonal; esto es: fruto del vínculo del Amor y gestionada a través de las manos puestas en obra sin mirar otro plano que los sueños del Alba de cada jornada.

Estos testimonios fueron primero y durante más de 20 años celebrados en edificaciones, forestaciones, un gran espejo de agua, importantes movimientos de suelo y esculturas, hasta que en el año 2000 conocieron también lugar en la escritura.

En medio de estas transformaciones expresivas se gestó una pequeña galería de arte que nació con el nombre de “establo”, cargada de obra de tres artistas argentinos que como hermanos miméticos dieron testimonio de estos tránsitos abismales con su expresión.

Por ello esta protección patrimonial también se solicita para este espacio y las obras contenidas en él.

El sustento que inspiró y animó estos testimonios es estrictamente espiritual y de esos espíritus bien identificados como Alflora Montiel Vivero y Estela Livingston, damos cuenta y agradecimiento una y otra vez.

Toda la obra que siguió en trascendencia comunitaria de defensas de planicies de inundacióny respetos a marcos de cesiones y restricciones de suelos ribereños fundadas en cuerpos legales con soporte de hidrología urbana, solo en SCJPBA reconoce más de 12 millones de caracteres, y siempre han venido y siguen siendo agradecidas a estas fuentes espirituales.

Considero un acto de mojigatería solicitar protección a edificaciones sin dar testimonio de las fuentes que urdieron sus concreciones; pues me resulta tanto omás importante hablar del valor de la locura y de los capitales de Gracia amasados en desconsuelo por esas Vidas, que de estas construcciones como si fueran testimonio de un artista colgado de su ego. También la sicología sacará provecho de estos testimonios, aunque las obras de Freud aún no lo hayan hecho.

En los más de 30 millones de caracteres subidos a la web dando miles de testimonios de estas tareas y de estos ánimos, jamás he escrito el primer pronombre del personal; jamás he usado la palabra seguridad y mucho menos la palabra “poder”; que aún como verbo auxiliar he venido en los últimos años evitando.

Testimonios éstos, que imagino superan con creces a los de Foucault y no veo motivo alguno para ocultarlos. Por el contrario, explican todo lo que anima estos comportamientos, dando lugar y asistencia al presente de estas vocaciones.

Por cierto, habré de continuar esta búsqueda en las materias de competencia del LINTA, pues sería muy triste que el gran soporte de estas transformaciones no exhiba el rostro de Madre Natura en sus tradiciones paisajísticas, en sus renovaciones y en esa particular sensación de calladas inmanencias que solo trascienden de terruños como éste; que ya reconoce en el Archivo Gral de la Nación, documentada memoria de una misma familia de la Cruz, desde 1695 hasta 1936 en este mismo predio.

Concluyo aquí este introito de una solicitud que reconoce largos y muy ilustrados senderos. Visibles por un par de DVDs que hube de alcanzar a la Arq Patricia Mariñelarena y que habiendo ella ya descargado en el disco rígido de su PC, bien sencillo resulta solicitárselos a ella a través de amiga María Martha Mc Rae

Estos videos están todos subidos a la web, pero resulta de mayor resolución de imagen la alcanzada en estos DVDs.

Con aprecio le saluda Atte, Francisco Javier de Amorrortu

P.D.: Acerco copia de estas líneas a la Lic. Patricia Correbo.

Respecto de la información a rescatar por internet debo anticipar que mis trabajos figuran en el index de Vuesto servidor. Y por ello el acceso a ellos deberá gestionarse por otros servidores.

Vuelvo a recordar el sitio especial de este jardín y la mayor parte de sus fuentes y sus obras: http://www.amoralhuerto.com.ar

Esta es la última presentación hecha al municipio:

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones30.html

Las anteriores son visibles en forma completa y muy bien ilustradas por http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones27.html

http://www.paisajeprotegido.com.ar/confesiones28.html

También visibles por http://www.hidroensc.com.ar/incorte110.html

Y http://www.hidroensc.com.ar/incorte111.html

 

 

Al Intendente de Pilar, Humberto Zúccaro, Pilar, 26 de Mayo del 2014

Ref: exp. municipal 492/09. Fs 104, 105 y 106

INFORME AMBIENTAL del jardín Al Maitén

Para acercar al consenso, haciendo lugar al cumplimiento del pár. 4º del art. 5º de la ley 12704 y al pár. 2º del art. 5º, inc 3º del dec 2341/11 y así completar la solicitud de declaración de paisaje protegido, cuya propuesta y datos adicionales completos quedaron expresados en la “Carta del Jardín Al Maitén”, presentada por exp. 492/09, que muy ilustrada se hizo visible por http://www.hidroensc.com.ar/incorte110.html en inmediata comunicación pública y por http://paisajeprotegido.com.ar/confesiones27.html y 28.html

Alcanzando por 2 DVDs anexos, 12 horas de videos del jardín y 6 de variadas trascendencias que califican el trabajo siempre agradecido al espíritu del lugar.

El primer enfoque de este informe ambiental apunta a la dinámica de este pequeño ecosistema forestal, que ya reconoce su entidad en los primeros planos de altimetrías del ejército de fines del siglo XIX. La misma se atribuye a los descendientes de Eugenio Cruz; y en particular, al esposo e hijos de su Hija Filomena, casada con León Felipe Hilario Luna.  La ciudad de Del Viso, por reconocer alguna vez sus ámbitos en esta antigua y por entonces crecida parcela, aún figura en planos de 1950 con el nombre de Villa Luna.

A excepción de los antiguos árboles que siguen 200 m hacia el NO y otros tantos hacia el SE dando noticia de unos pocos ejemplares, todas esas antiguas arboledas fueron eliminadas.

En esta parcela no sólo se han conservado en la cantidad señalada en el informe de la Carta Al Maitén, sino que se han incrementado con muy calificadas especies traídas del Vivero Van Heden, al Sur de Mar del Plata e implantadas hace 34 años con la asistencia del P. Amadeo Peck, Lic. en Artes por la Univ. de Yale y diseñador del parque y el jardín zen del monasterio trapense de Azul.

Su desarrollo prueba la bondad de las dinámicas de este ecosistema, que a pesar de estar fundado en suelos calcáreos, ha visto su manto sedimentario superficial muy enriquecido por tan añosa masa arbórea. En algunos casos se ha fortalecido la acidez del suelo para favorecer el crecimiento de los robles y otras especies que así lo reclamaban.

Esa enorme masa, comparable a la del Parque Austral, Científico, Tecnológico y Empresarial que recibiera aprecios fiscales de parte del municipio de Pilar por convertir en oxígeno unas 30 toneladas de dióxido de carbono al año, fue enriquecida proponiendo un plan de uso del suelo que evita en los planteos de ocupaciones futuras la necesidad de eliminar estas forestaciones. En su gran mayoría, árboles de hoja caduca que no generan sombras en invierno y por su ordenada implantación no ofrecen inconvenientes al apropiado desarrollo de oportunas y acotadas construcciones.

Desde el punto de vista ambiental, este jardín Al Maitén, con el desarrollo paisajístico, arquitectónico, artístico y cultural alcanzado en las últimas décadas, ha permitido trascender el espíritu de este lugar a la Comunidad, en frutos que por su originalidad en la propuesta de cambios de paradigma científicos, exceden lo que fuera imaginable de un silencioso y antiguo terruño.

La sustentabilidad es lo que ahora y desde hace años aparece en juego. Esa sustentabilidad está referida a los años que carga la Vida del que fue su jardinero y obrero durante los últimos 34 años y a la necesidad de convalidar el destino de estos predios dentro de los límites del consenso del marco patrimonial expresados en la Carta del Jardín Al Maitén.

En estos 34 años este terruño quedó inmerso en desarrollos urbanos con compromisos que con creces superaron los normales de una interfaz rural-urbana en lento desarrollo. Por ese motivo sufrió inabordables incrementos de la base imponible fiscal que obligaron a gestionar solicitudes de protección a las tareas que durante 17 años se habían venido ejecutando y así probando la perseverancia y sinceridad del destino apreciado para estas tierras.

Expresiones que al ser pasadas por escrito y presentadas en los exps. municipal Nº 6643/96 y Catastro Económico provincial Nº 2335-14399/96, dieron como resultado las devoluciones en el Decreto Municipal N° 2161 del 20/12/96 y en las Disposiciones 259/97 y 450/97 de Catastro Económico Provincial; que así conformaron los derechos subjetivos que permitieron sumar hasta hoy otros 17 años, aplicando la misma vocación, subiendo apuestas a la trascendencia de valores ambientales difíciles de encontrar en ejemplos de similar intensidad y originalidad espirituales.

La sustentabilidad ambiental de estos predios también queda supeditada a la franja de amortiguación que estimulamos se logre establecer en los entornos. Franja que será compensada con las debidas servidumbres visuales para el aprecio de las locaciones que se establezcan a su alrededor.

Las servidumbres internas de tránsito -por el contrario-, quedarán muy limitadas debido a la extrema fragilidad que sostienen estos jardines.

A la validación personal de este breve informe, proyectual y balance, acerco la de una profesional en ciencias naturales, cuyos aprecios respecto de la entidad forestal y ponderación de las variadas cajas paisajísticas  que regalan estos predios, viene a continuación expresada.

Sin cortar lo que no logro desatar, saludo a Ud. muy atte.

Francisco Javier de Amorrortu

Validación

Para validar este breve informe ambiental con la firma de un profesional en ciencias naturales como lo exige la ley 12704, fuimos a la búsqueda de la Ing Agrónoma Viviana Fortunati, Mat. Nac. CPIA Nº 14988 de familia paterna con 3 generaciones en Pilar y cultivada mirada en creación y celebración de paisaje.

No es fácil sacar expresión de esta Ing. Agrónoma que habla en voz muy bajita, pero la Vida quiso que luego de transitar el lugar durante no menos de 3 horas, Ella nos alcanzara al día siguiente esta expresión que no necesita traductores:

Pasé el día de hoy en mi trabajo y una y otra vez me acordaba del  "campito" y eso me hacía sentir algo muy lindo. Una especie de secreto tesoro al que pude acceder.

Durante el día, dieron  vueltas por mi cabeza una mezcla de paisajes perfectos, amplios, generosos, pacientes, con obras de arte, senderos, luces, y una sensación de paz y armonía anhelada por mí.

Se respira arte, poesía, en definitiva, mi percepción del lugar, otra vez, viene a subrayar lo que hemos hablado varias veces. No hay moneda alguna ni objeto que pueda pretender cotizar ese lugar.

Probablemente eso lo han percibido muchos y la verdad, que con mi visita, no dudo ahora en encontrar la forma  de poner a salvo semejante tesoro.

De más está decirte que pese a mi muy bajo perfil, si algo me gusta y me invitan de buen grado -y si no molesto- seguro estaré pronto. Hoy me imaginaba recorriendo cada lugar para "sentirlo" particularmente e imaginar algo en lo mismo. Así es como hacía cuando hacía algún diseño. Bien creo puede ser éste, con tu autorización, parte especial de mi nuevo "laboratorio" o atelier de paisajismo.

No encuentro palabras para describir lo que experimenté hoy.

Me sentí realmente tan pequeñita, pero muy feliz. 

Hubiese querido filmar, tomar fotos del lugar.

En la medida en que avanzábamos con la recorrida, iba sumergiéndome más y más en un mundo maravilloso, al que sólo por tu generosidad pude acceder.

En realidad no he "pasado la tarde", sino que lo viví como si hubiese por unas horas entrado en un mundo diferente.

Ha sido un regalo extraordinariamente hermoso para mí. 

La realidad es que yo sólo puedo aportar formalmente mi matrícula profesional y buena voluntad.

En resumen muy escueto quiero decir, que negar la importancia de este espacio como pieza clave en el área en cuanto a su capacidad como franja amortiguadora no necesita de más evidencias. Sería de gran ignorancia continuar negando esto.

Existe desde hace tiempo suficiente labor en el orden internacional y en Latinoamérica respecto a la necesidad de proteger espacios como el "campito Al Maitén" por los múltiples beneficios que promueven y sostienen al ambiente y por los frutos que de su espíritu han trascendido en paradigmáticos planteos en mecánica de fluidos, con equivalencias concretas en defensas de planicies de inundación. Contenidos visibles en la documentación adjunta en DVD.

Si ésto es recibido -como espero de mi parte-, como algo para el bien de todos, creo que valdría agregar algo, breve quizás, sobre la importancia de este gesto de parte del municipio aprobando lo que solicitás, como presentación que cabe hacer sentir al intendente, la preciosa llave para comenzar a encarar una serie de reformas que a gritos el partido de Pilar pide. Con mucho aprecio.

Viviana Fortunati, Ingeniera Agrónoma, Mat.Nac. C.P.I.A. Nº 14988