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Impugna propuesta

Excelentísima Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires

Francisco Javier de AMORRORTU, por mi propio derecho, constituyendo domicilio legal en Calle 48, Nº 877, 3er. Piso, Ofic.. 308 de La Plata, conjuntamente con mi letrado patrocinante Ignacio Sancho ARABEHETY, CALP T 40 F 240, Leg. Prev. 45779/0, IVA Responsable Inscripto, en autos caratulados Causa B 67491 "CONSORCIO BARRIO LOS SAUCES C/ DIRECCIÓN DE SANEAMIENTO Y OBRAS HIDRÁULICAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES" sobre demanda contencioso administrativa, a V.E. me presento y digo:

que agradezco la inestimable consideración de todos y cada uno de los involucrados en esta litis: ya Denunciantes, ya Denunciados, ya Secretarios de esta oficina Contencioso Administrativa, ya Vuestras Excelencias, por haberme regalado sin una sola excepción, ni objeción, aprecio por mi testaruda labor.

Que sin duda, no es mérito del que suscribe, sino del espíritu de algún Santiago que me acompaña.

Luego de haber subido a la Internet los 21 tomos compilados en estos ocho años y medio de tareas ininterrumpidas, intentando advertir a qué lodalazales nos dirigíamos, he sentido esta necesidad concreta de confesar el aprecio que siento por cada una de las criaturas involucradas en mis denuncias; y lamentar no haber encontrado en las extensas publicaciones en dos diarios de la zona, el tono apropiado que facilitara accesos a la conciencia de estos que hoy denuncian en la Corte.

Con mi mayor simpatía intenté alcanzar atenciones alertadoras entre los primeros propietarios constructores de Los Sauces en aquellos lejanos días en que aun ni un sólo ladrillo había sido aplicado a obra alguna. Los dos arquitectos propietarios de las dos primeras obras saben muy bien qué clase de advertencias les regalé aquel día.

Tal vez fueron excesivas. Tal vez merecían mayor consideración sus sueños. Tal vez, reitero, mayor simpatía. Advertí en el Arq. Roberto S. Fleitas tanto dolor al escuchar mis explicaciones que comprendí no quería seguir escuchando ninguna clase de advertencias.

Con el Arq. Adrián Rivarola fui más afortunado porque me unía una relación amical que me permitió extender media hora en explicaciones.

De todos esos intentos alertadores sólo conseguí acceder a credulidad y comprensión con el Arq. Franco Sartor y su esposa Edith Clutet; con los que finalmente trabé amistad que no se olvida. Pero el desencanto en que quedaron contribuyó finalmente a que marcharan del país que los vió nacer. Así no lograría ser más triste el balance de mis esfuerzos.

La pobreza de muchos de nuestros usos y costumbres, entre ellos, éste de vender lotes en avenidas de inundación, merecería oportuna, tal vez, nuestra mayor consideración para intentar elevar tan sólo un poco el promedio de nuestros comportamientos.

He llegado a confesar por Carta Documento al principal empresario apuntado en mis denuncias, que de haber estado en su pellejo, sin duda habría cometido peores faltas.

Es muy sencillo deslizarse en estas faltas porque todos los mecanismos para detener tentaciones están en forma paupérrima, perfectamente laxados y trabados.

Ningún misterio envuelve estas obvias referenciaciones.
Tan obvias, que ninguno de Vuestras Excelencias necesitaría de Asesores para darse cuenta de los criterios que priman o deberían primar en estas elecciones de suelos.

Los dos pequeños cuerpos legales ambientales que tratan de ello: la Ley 6253/60 y su Decreto Reglamentario 11.368/61; y el Artículo 59 de la Ley 10.128/83; no sólo están claramente conectados en su desarrollo precautorio histórico; sino que con mínimo ajuste técnico y hermenéutico quedarían libradas a sencilla concientización y administración.

Pero basta que un pelo se interponga en esas necesarias claridades, para que todo quede dispuesto en lodazales para bajar el promedio de nuestros usos y costumbres.

Sólo cuando a las más altas esferas judiciales llegan estos desencantos se nos regala la oportunidad de mejorar esas miradas a los cuerpos legales; que amasados por décadas, aun reclaman pequeñas ajustadas clarificaciones. Que si no hubieran sido por razones políticas atendidas oportunamente por la Legislatura, caben tal vez hoy a Vuestras Excelencias, como hermanos mayores de nuestra sociedad, la oportunidad de hacerlo.
La información que fuera alcanzada oportunamente a Vuestras Excelencias fue alcanzada también al Dr. Patricio Santamarina a cargo del área Contencioso Administrativa de la Fiscalía de Estado. Por primera vez siento la confianza de que esta Fiscalía tiene todo el peso de esta larga denuncia aceptada por expediente 5100-15940 del 24/8/99, en manos que imagino ya la han sacado de su estimulador archivo.

Todos esos comprensibles archivamientos han sido generadores de todos mis redoblamientos; que no sólo me movieron a subirla a la web, sino estructurarla e incrementarla en interminable, precisa medida.

No sólo me permitieron relacionarme con la obra de un extraordinario experto y el primer participante argentino en la Asamblea de las Naciones que abriera las atenciones al Medio Ambiente, sino que llevado de la mano de su cercanía familiar aterricé en discernimientos que bien ayudan a comprender tantos errores de criterio, como los de no haber hasta ahora diferenciado en nuestras consideraciones hidrológicas, los temas urbanos, de los rurales.

Así comprendo al Muy Estimado Ing. Carlos A. Ballester, prestigioso perito, insistir en componendas con criterios hidrológicos que surgen de recurrencias de 5 y 10 años, bien válidas para miradas a temas rurales; cuando de hecho, UNESCO, hace ya casi 20 años recomienda considerar recurrencias de 100 a 500 años para temas urbanos.

Así comprendo que el Ing. Ballester haga referencia a esa suave inundación del 17 de Abril del 2002 de la que todos hablan porque su noticia fue catapultada por una fotografía de mi autoría tomada desde helicóptero y publicada en la tapa del mismísimo diario La Nación del día 18 de Abril, a pesar de agredir los intereses de sus importantísimos anunciantes. Esa lluvia coincide con sus esfuerzos en acreditar que esas recurrencias de 10 años fueran las que parecen necesarias atender.

Pero cuánto lamento confesarle al valioso y muy respetado Ing. Ballester que ese día las aguas que invadieron Los Sauces no fueron las del arroyo Pinazo, sino las del Burgueño que se metieron por el frente trasero NO.

También lamento confesarle, por la simpatía, corrección y participación importantísima en instituciones de Protección del Medio Ambiente en las que aporta sus esfuerzos, que esas cuencas que afectan la imposible subsistencia del Barrio Los Sauces , no suman 8.600 hectáreas, sino casi 25.000 hectáreas.

Lamento también tener que cargar en sus apreciaciones, que el hecho sopesado en esa lluvia del 17 de Abril del 2002 tampoco concurriría a precauciones apropiadas; porque muy frescas están en mis fotografías presentadas en el MOSPBA y en Municipio, las consecuencias de aquella lluvia del 6/11/96 que dieran origen al inicio de mis urgidas y severas advertencias. Allí el agua cubrió por completo Los Sauces con un manto de casi dos metros de agua. Esa luvia ya correspondería a recurrencias estimables en 25 años.

Cuánto más lamento tener que relatar que en Enero de 1985 otra lluvia aun peor superó estas últimas estimaciones del párrafo anterior.

Y cuánto adicional pleonasmo, de otra aun peor: la del 31/5/85 que llevó casi a los tres metros los anegamientos en el área del Barrio Los Sauces. Esta lluvia fue testimoniada por pobladores y sus testimonios acreditados por la modelación hidrológica llevada a cabo por el Lic. Daniel Berger que fuera recomendado para realizar este trabajo en 1998 por el Director Casanova, titular de EVARSA, la principal consultora hidráulica del país.

Todos estos documentos alertadores y probatorios, a pesar de no figurar en el informe que el Ing. Carlos Ballester presenta a sus clientes, le fueron entregados en mano por mí, en oportunidad de los encuentros en las Audiencias en la Suprema Corte.

Cómo no habría de comprender el dolor y la dificultad que a una persona de su edad y su calibre humano generarían estas documentaciones.

Pero cómo entonces no habría de intentar agradecer todas las consideraciones que han tenido unos y otros, incluídas en primer lugar Vuestras Excelencias, para tolerar que una inundación de información afecte las salidas de estas causas y moje todos sus papeles.

Nunca condenaría, repito, a ninguno de mis denunciados, porque estando en su pellejo, sin duda hubiera obrado peor que ellos. Pero estando en el mío, cabe reiterar que esta es sólo la primera de una larga cadena de reclamos que harán cola para entrar en la Corte.

Como quien escribe una novela, necesito querer a cada uno de mis personajes hasta el final de la tarea. No lograría avanzar una sola línea si perdiera de vista esa afectividad; esa comprensión profunda de nuestras naturales tendencias para esquivar esfuerzos.

El extraordinario lucro que siento me ha regalado esta tarea, empieza en el desarrollo de mi expresión perforando la pirámide burocrática en el lenguaje más horizontal.

Ejercicio que reconozco me ha deparado de todos y cada uno de los participantes internos y externos de esta litis, sedientos de Democracia participativa, los mayores aprecios.

Estos lucros se aplican a esta publicación que hoy la web regala a cualquiera que sienta oportuna necesidad de identificación, a través del URL: www.amoralhuerto.com.ar.

Así, a pesar de esta impugnación que de obligada breve forma sigue, queda acreditada mi Amistad y Agradecimiento a todos y cada uno, Denunciantes y Denunciados; y en particular a Vuestras Excelencias, por el maravilloso trato y los inapreciables estímulos que aquí en Vuestro Noble Ámbito he recibido.

 

Petitorio

Por lo expuesto, de V.E. solicito:
Me tenga por contestado el traslado y oportunamente se rechacen las conclusiones de la propuesta que fueran impugnadas por el presente.

 

Francisco Javier de Amorrortu

 

Ignacio Sancho Arabehety
CALP T 40 F 2
40

 

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