Hidrología en Suprema Corte Provincial. 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70364 . 217 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . 71 . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . . 73429 . 221 . 22 . 223 . 224 . 225 . . 73641 . 226 . 227 . 228 . 229 . 230 . . 73717 . . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . . 73748 . 236 . 237 . 238 . 239. 240 . . 74024 . 241 . 242 . 243 . 244 . 245 . 246 . 247 . 248. . 74719. 249 . 250 . . 45090 CABA . 251 . 252 . 253. 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . . 45232 CABA . 262 . 263 . 264 . 265 . 266 . 267 . . 16191 CABA . 268 . 269 . . CCF4817 . 270. . CAF21455 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . 281 . 282 . 283 . . CAF25337 284 . 285 . 286 . . CAF37039 . 291 . 292 . 293. 294 .295 . 296 . 297 . 298 . 299 . 300 . 301 . 302 . 303 . 304 . 305. 306 . . CAF84260 . 311 . 312 . 313 . 314 . 315 . . FSM 65812 . 320 . 321 . 322 . 323 . 324 . 325 . 326 . 327 . 328 . 329 . 330 . 331 . 332 . 333 . 334 . 335 . 336 . 337 . 338 . 339 . 340 . 341 . 342 . 343 . 344 . . FSM9066 . 351 . 352 . 353 . 354 . 355 . . FSM 38000 . 361 . 362 . 363 . 364 . 365 . 366 . 367 . 368 . 369 . . FSM 49857 . 370 . . FSM 54294 . 371 . 372 . 373 . FSM 56398 . 374 . 375 . 376 . 377 . 378 . 379 . 380. 381 . 382 . . JFCampana . 383 . 384 . 385 . 386 . 387 . 388 .389 . 390 . 391 . 392 . 393 . Corte Suprema de Nacion . D 179 . 400 . 401 . . D 473 . 402 . 403 . 404 . 405 . 406 . . 407 . . D 412 . 408 . . CSJ 98 . 409 . . CSJ 1698 . 410 . 411 . 412 . . CSJ 791 . 415 . 416 . 417 . 418 . 419 . 420 . 421 . 422 . 423 . 424 . 425 . 426 . 427 . 428 . 429 . 430 . 431 . 432 . 433 . 434 . . CSJ 936 . 441 . 442 . 443 . 444 . 445 . 446 . 447 . 448 . 449 . 450 . . CSJ 1525 . 456 . 457 . 458 . 459 . 460 . 461 . 462 . 463 . . CSJ 1646 . 470 . 471 . . CSJ 2605 . 475 . 476 . 477 . . CSJ 2841 . 480 . 481 . 482 . 483 . 484 . . CSJ 769 . 490 . 491 . 492 . 493 . 494 . 495 . 496 . 497 . 498 . 499 . . CSJ 770 . 500 . 501 . 502 . 503 . 504 . . CSJ 794 . 505 . 506 . 507 . 508 . 509 . . 35889 patrimonios rurales 510 . 511 . 512 . 513 . 514 . 515 . 516 . 517 . 518 . 519 . 520 . 521 . . hidrolinea . . codigo . 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . Cartadoc CF Rudi . . Cartadoc Macri . . cartadocvidal . . cartadockicillof . . cartadocsimone . . Cartas Doc Conte Grand . 1 . 2 . declaratoria . . declaratoria FGSI . . Cartas Doc a SCJPBA: cartadocSoria . . cartadocdeLazzari . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . 3 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . OCSA . . dominios públicos . 1.2.3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . . al mejor derecho . . Ariza . . CAF . denuncia BID . . Gladys González . . censura previa ..sentencia .. huevos.fueros . . sincerar . . costadelplata . . nativas . . EIACostadelPlata .. Puerto ampliación . 274 . . abismos . . antena . 1 . 2 . 3 . 4 . . trama forense 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . . acuerdo . . vientos forestales . . index .

CSJ 1646/2019

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XI . Resumiendo

La primera de las alternativas propuestas es muy pequeñita. Solo un pequeño botón de muestra que oriente la mirada a termodinámica de sistemas naturales.

La reposición de los flujos de esas dos salidas, al igual que las del obstruido Miní y sus conexiones con los flujos del Barca Grande tras haberle abierto el paso por el banco de las Palmas y de la Playa Honda, se traducirá en una disminución de la velocidad de salida por el Emilio Mitre.

Esto bajará el nivel crítico de ese pasaje dando oportunidad a un aumento de su temperatura, vital para el transporte sedimentario y para poner algo de orden en el desastre de gradiente que enfrentan las aguas de este corredor a su salida.

Que amén de estar completamente disociado el sistema convectivo del soporte de calor inexistente en estos fondos bien a lo bruto dragados, se encuentra a su salida con una caja termodinámica invertida, que viola la 1ª ley de cabo a rabo.

Sus gradientes solo suman desenlaces con ningún otro provecho que precipitación sedimentaria extrema. Eso es lo que hoy y desde hace tiempo padecen con la propuesta de profundización por no estimar los límites ecológicos de estas canalizaciones, concentrada como está su mecánica atención a la información de las 12 boyas a cargo su interpretación de dos físicos en dinámica costera, que en 20 años jamás infirieron criterios de termodinámica alguna.

El desastre por ausencia de criterios termodinámicos que acompaña a esta obra, ni remotamente reconoce en las miopías de estos científicos los límites de sus alcances. La permanente tarea de dragado que nunca ha cesado de aumentar y desde hace un lustro está en valores por encima de los US$ 400 millones anuales, es la que da testimonio de sus nada gratuitos despistes cognitivos.

Y recalco lo de no conocer límites, pues ni la menor idea tienen del desastre que han contribuído a generar con las nunca iluminadas acreencias insulares en el frente deltario debidas al aumento extraordinario de la deriva litoral provocado por el superlativo desvío de energías de las tres bocas que quedaron abandonadas y del área peninsular sumergida sumada al banco de las Palmas y de la Playa Honda para ver, reitero, desde hace medio siglo a la deriva litoral y central desenfrenada llevando sedimentos aguas arriba.

Si los que carga el Emilio Mitre ya son un infierno que los mantiene varados, ensimismados, por completo atareados, los que multiplican estragos en el frente deltario central los superan en tan alto grado, que no hay otra forma de alertarlos que haciendo esta denuncia que provoque las iras mecánico catecuménicas y saquen a relucir sus criterios en la plaza del mercado donde siempre las tramas forenses apreciaron reunir y exhibir desconciertos.

Hasta ahora han respondido con el silencio. Al panorama que exhibimos cabría esperar devolución de algo más que balbuceos.

Los sistemas convectivos necesitan empezar a considerarse en función de la distribución de sus temperaturas y el acceso de sus fuentes de energía. La velocidad y la capacidad de transporte sedimentario lucirá en segundo término y no como fruto de prepotencia mecánica, sino de asimilación térmodinámica natural, abierta y enlazada.

Halcrow y la SSPVNyMMN que los ha seguido, no han mirado en 52 años por compromiso ecológico alguno con este frente estuarial y mucho menos con sistemas termodinámicos naturales abiertos y enlazados.

Ya es hora que miren a la deriva litoral con otras herramientas, que no las mecánicas de medir ángulos y contar olas. Aprendan a mirar la columna de agua, la temperatura del fondo, el gradiente térmico a lo largo del sistema, los enlaces entre ecosistemas y los accesos energéticos en todo tipo de interfaces.

Poner en orden el equilibrio de las dinámicas de estos sistemas en términos ecológicos (primer enunciado del par 2º, art 6º de la ley Gral del Ambiente marca la pauta general que introduce esta denuncia, a la que sigue la descripción de las remediaciones dando las pautas de los particulares desaciertos al comienzo mismo, en el inicio de la traza en el arroyo Las Víboras.

El costo de la hidrovía no es solo lo que factura EMEPA y Jan de Nul, sino el del inefable desastre que han generado y nadie parece interesado en considerar.

Respecto del sarcófago de piedras inscripto en el arroyo Las Víboras cabe solicitar su transformación por caja termodinámica de costas blandas y bordes lábiles con el perfil transversal adecuado a oficiar transferencias a 90º del eje del sistema que hoy no responde a advecciones, sino a prepotencias mecánicas.

En esta caja tendrán toda la suerte de fundar un laboratorio de modelización física de flujos convectivos, que por más cargado de dificultades pondrá en evidencia los abismos térmicos invertidos que tienen enfrente de sus ojos ciegos.

Aquí sugiero se invite a la Dra Agnes Paterson, a cargo de todas las cátedras de hidráulica de la UBA y de todos los equipos de investigación, a hacer el esfuerzo de encarar estas tareas. Que aunque no alcancena transitar con la delicadeza necesaria estas modelizaciones, al menos saquen provecho del intento de generarlas. Tengo plena confianza en su integridad y en su delicadeza para acercar contribución después de una Vida de servicio sin flojeras.

Con invertir el 1% de lo que aplican anualmente en la hidrovía dan el paso fuera del plato mecánico que nunca dieron. El CONICET está demasiado comprometido con los sostenes catecuménicos para ser ellos los que se animen y se descubran inspirados en este desafío puntual.

Solo el advertir que tienen la caja termodinámica perfectamente invertida a la salida del sarcófago, les abrirá los ojos que nunca abrieron. Por poco que miren quedarán deslumbrados. Y no es con modelos matemáticos, ni discusiones como se abrirán a estas tareas, sino mirando e interpretando imágenes concretas.

Aunque no solucionen los problemas denunciados, verán sus vocaciones enriquecidas y ellas se ocuparán de sembrar semillas de conciencia para un día encontrar las respuestas. Los abismos denunciados son de escala cognitiva abismal y para enfrentarlos solo caben vocaciones, invitaciones y elecciones, que ya cada día verán iluminadas sus tareas. En un año cabe esperar más novedades que en 52 años … y un camino sin retorno.

La trascendencia de estas tareas se derrama en todas las que necesitan asistencia en las anteriores denuncias y funda la mayor seriedad para entender qué compromisos atiende una ecología de ecosistemas hídricos en planicies extremas más allá del festival de semiologías diversas.

 

XII . De las aguadas de las dos riberas

Aún considerando que este capítulo no fuera parte de la denuncia, si lo es de los contextos, de la visión global que cabe acercar a estos temas nacidos de la necesidad de acomodar las vías navegables para los grandes navíos que asisten el comercio internacional.

A mediados del siglo XIX las cartas de Benito de Aizpurúa nos muestran al Barca Grande haciendo honor a su nombre y atravesando en directo el banco de las Palmas y de la Playa Honda con una profundidad de 3 brazas. Por él accedían por senda más directa y más segura al más profundo Guazú.

La otra alternativa era entrar en directo y por ello más pegado a la costa uruguaya por el que hoy llamamos canal Buenos Aires.

Quienes venían por la costa uruguaya lo hacían por el canal Martín García.

Para tener una idea de la importancia de estos ríos acercamos esta elemental información que hubiéramos apreciado encontrarla más completa:

Los flujos ordinarios del Paraná a la altura de Rosario dicen reconocer 17.439 m3/s. Los del Guazu a su salida: 5836 m3/s. Los del Sauce: 4439 m3/s. Los del Bravo: 4418 m3/s. Los del Paraná de las Palmas: 2746 m3/s. Los del Miní y Gutiérrez parecen estar en valores similares al anterior. El río Uruguay a la altura de Concordia reconoce caudal medio (serie histórica) 4.622 m³/s; máximo registrado (desde 1898) 37.714 m³/s (09/06/92) y mínimo registrado (desde 1898) 109 m³/s (03/02/45)

Más allá de los errores que tuvieran estos datos, nos dan una idea de los caudales que bajan por territorio argentino y la relativa pequeñez de los caudales del río Uruguay cuyas riberas compartimos.

Este río Uruguay tiene a su vez un fenomenal problema que es ver el avance del Gutiérrez, Sauce, y Bravo con enormes cargas sedimentarias relativas si se las compara con las del Uruguay, estrechando cada vez más la salida de una cuenca de más de 400.000 Km2.

Frente a Nueva Palmira el corredor de flujos de salida del río Uruguay apenas supera los 200 m de ancho y velocidad al menos 3 veces menor a las de sus vecinos que bajan por territorio argentino cargados de sedimentos y correspondientes ricas energías convectivas. Energías convectivas que el río Uruguay perdió en Salto Grande y muy poco recupera de ellas aguas abajo. Ver http://www.alestuariodelplata.com.ar/uruguay3.html

El Uruguay necesita de esta salida que conduce por el canal de Martín García al puerto de Montevideo; tanto como la Argentina necesita resolver la entrada al Guazú por alguna de las dos entradas que alguna vez tuvo.

Hoy la entrada al Guazú por el canal Buenos Aires ha quedado abandonada por el problema que encuentra a la altura de la barra del globo en cercanías al punto de unión entre ambos canales: Martín García y Buenos Aires (Km 62 al 75).

Por su parte, el problema que carga el canal Martín García es bastante más complicado de resolver. Los 30 pies al cero que reconoce el cruce entre Martín Chico y la isla reclaman 1 año de trabajo para dinamitar la placa cristalina que por allí aflora y lograr llevarla a 32 pies.

Si buscaran llevarla a 40 pies cabe estimar estarían 5 años con el canal en obras paralizado. Tarde o temprano tendrán que hacerlo y mientras tanto tendrán que reponer el paso por el Buenos Aires. Milagros no son de esperar.

Hablan poco de ello porque están esperando que la Argentina contribuya. Para ello también debe contribuir el entendimiento del olvido de cómo y por qué se dejó caer en abandono al canal Buenos Aires.

Resolver el tránsito por el canal Buenos Aires no es de interés primario del Uuguay. Para reabrirlo basta refular al Oeste de la traza cada vez más amenazada por las derivas litorales que suben del lado Este de los Pozos del Barca Grande.

Esto sería en términos muy escuetos lo básico que cabe comenzar a reconocer de los intereses y problemas de la aguada oriental.

De la aguada occidental ya hemos comentado con largueza. Pero tal vez no lo suficiente para resaltar el valor de sanear el sistema del Barca Grande, tanto en sus enlaces termodinámicos con las bocas abandonadas del Paraná de las Palmas, como con la obstruida del Miní y en especial con el cruce del banco de las Palmas y de la Playa Honda acompañando al afloramiento de las nuevas áreas peninsulares fruto de los refulados en el Emilio Mitre

Esta es la primera y más importante intervención a considerar por sus múltiples consecuencias preventivas, remediadoras y generadoras de una nueva vía de salida que ayude a resolver los límites ecológicos que ya carga la hidrovía. En lugar de ensanchar la solera, la disponen para una sola vía. Entran por el Emilio Mitre y salen por el Barca Grande… y de paso contribuyen a frenar la endemoniada deriva litoral que ya está haciendo del frente deltario central un infierno.

"Cientos de miles de años hemos pasado gozando de la Vida reflejada en las riberas, pero en tan sólo un cuarto de milenio hemos construído en planicies extremas los más aberrantes sarcófagos fluviales que aún hoy la ciencia hidráulica no alcanza a imaginar.

Ya no se trata de un simple problema de dominialidad; o de prevenciones; sino de la muerte del recurso natural". FJA

 

XIII . Alertas de la Ofic. Anticorrupción y “otros”+ actuales

La oficina Anticorrupción, en el caso de Estudio Hidrovía Paraná Paraguay (Hidrovia Océano Atlántico-Santa Fe), en abril de 2003 emite un informe de 42 páginas cuyos puntos principales son: Pliego de Bases y condiciones: mal diseño del pliego, realizado intencionadamente adrede para favorecer a la empresa.

El pliego fue violado sistemáticamente e incumplido en varios artículos, por ejemplo renegociando y ampliándolo de 10 a 18 años, 7 años antes de la finalización del período de Concesión original, cuando el Pliego establece que la concesión solo podría renovarse al término de los 10 años de haberlo firmado. Rentabilidad de la Obra en Concesión:

Se presume que se favoreció una tarifa inflada. La empresa jamás fue sometida a una auditoría de costos. Se incrementa considerablemente la rentabilidad en pesos, al dolarizarse las tarifas. Adjudicación Directa de Contrato Público: debido a la indemnización por falta de entrega de equipos a la que el Estado se comprometió, se adjudica en forma directa la reparación de equipos en plazos irrazonables. Inexistencia de un Órgano de Control Independiente: Al no estar conformado no es posible contar con información veraz sobre el estado de la obra.

http://web.tau.org.ar/upload/b458f0af6379d6e2068fd8e7feb73f3a/

DragadoRioParana.pdf

Con respecto al Valle Aluvial del río Paraná, desde el año 1969 no se cuenta con ningún tipo de información hidrométrica, hidráulica, batimétrica, ni sedimentológica de los cursos de agua 11. Pero esto no es justificativo para no actuar y tomar conciencia de la modificación que se está provocando en el río. Expresiones tales como “traer el océano a las chacras”, puede ser una fórmula redituable para abaratar fletes, pero puede ser también el inicio de un descalabro ecológico difícil de recuperar

No obstante la seriedad de lo apuntado por la OA, el enfoque no respeta el orden de cuestiones a mirar señalado por el par 2º, art 6º de la ley 25675.

 

Decía Mariano Ocampo en La Nacion del 5/8/2019

Los dos socios en Hidrovía SA explotan un negocio de US$200 millones anuales desde 1995, en el que les cobran peaje de US$3,06 por tonelada a todos los barcos que entran y salen del río Paraná. Por esa vía navegable se transporta el 70% del comercio exterior del país.

Suena un poco raro lo de US$200 millones anuales. Un Panamax y sus holgadas 60.000 tons suman US$180.000. Si estimamos que la cifra fuera el doble tal vez estaríamos más cerca del balance facturado.

Es el mayor peaje de América Latina y un área estratégica para el futuro acuerdo Unión Europea-Mercosur. Por eso hay muchos interesados en continuar esa actividad, además de Jan De Nul y de Emepa, ahora distanciadas entre sí. Se postularán el holding chino Shanghai Dredging Company (SDC) y las holandesas Boskalis, Dredging y Van Hool. Pero las peleas internas en la UTE Hidrovía SA desataron fuerte tensión.

Según pudo saber LA NACION, Jan De Nul reclama desde hace años que pierde dinero en el reparto de dividendos. "Perdemos dinero por hacer el dragado del río, nuestra especialidad, que tiene fuertes costos, y Emepa gana mucho dinero por el balizamiento, que tiene muchos menos costos", dijo un directivo de Jan De Nul.

Mejor no averiguar de qué recursos vivió la UCR en todos estos años.

"Podemos presentarnos solos, sin socios argentinos, y ganaríamos plata. Además, Emepa es un problema político luego de las coimas", señaló la fuente oficial vinculada a Jan De Nul. En tanto, Emepa confirmó a LA NACION mediante sus voceros que "participará de la licitación por el manejo de la hidrovía que impulsará el Estado nacional, producto de su experiencia en la gestión diaria de la vía navegable más importante de la Argentina".

Señaló además que "para ello está implementando un proceso de reestructuración organizacional con eje en la política de compliance. De esta manera, podrá ser parte de un consorcio competitivo de cara a la futura licitación".

La empresa Emepa ya no tiene a Romero en ningún cargo directivo, porque renunció. De ese modo, el propio investigado en la causa cuadernos ya no estaría en el medio. Por eso se postularía Emepa.

Tal como adelantó LA NACION, el ministro de Transportes, Guillermo Dietrich, prepara la licitación con fuertes cláusulas anticorrupción para que no participen empresarios sospechados. Los oferentes deberán cumplir el decreto 1023 y la ley de responsabilidad penal empresaria. En la actualidad, Hidrovía SA reparte el 50% de los dividendos para cada socio, Jan De Nul y Emepa.

Pero la belga dice que tiene muchos mayores costos por dragado que Emepa por balizamiento. "Tenemos el 90% del costo y ellos, el 10%, por lo tanto el reparto los favorece a ellos, claramente", dijo un directivo de Jan De Nul. Pero Romero siempre hizo valer en Hidrovía SA su capacidad de negociación política y se presentaba ante sus socios como el empresario de más fuertes vínculos con la UCR.

¿ “vínculos”? ¿600.000 dólares de coima? ¿Tan barato arreglar el decreto de CFK para extender un negocio de $US400 millones por 8 años? ¿A qué gobierno le interesaría meter las narices en cuestiones del equilibrio de las dinámicas de los sistemas eclógicos comprometidos en el estuario, si los intereses -ya no de un empresario, sino-, de partidos políticos centenarios pasan por otro lado?

Mejor dejemos estas cuestiones “peri-odísticas” de lado y sigamos con nuestra denuncia de los estragos hidrológicos.

 

XIV . De la competencia originaria

Competencia por art 117 CN y art 330 CPCyCNAsuntos en los que la Nación es parte y a cargo de velar por sus cuidados, que entre múltiples tareas apunto al control de las líneas de ribera de los cursos de agua navegables, de la hidrovía y las vías de acceso portuarias, con particular énfasis en el equilibrio de los sistemas ecológicos involucrados. Por eso cuenta con un área especial que debería atender los compromisos “ambientales” de la hidrovía y que amén de los funcionarios a cargo de la Dirección de proyectos, esta área específica contaba hace 10 años con 2 ingenieros.

El nombre de la persona demandada es el Lic. Mariano Andrés Saul, titular de laSUBSECRETARÍA DE PUERTOS, VÍAS NAVEGABLES Y MARINA MERCANTE de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE con domicilio en la Av. España 2221, CABA

La cosa demandada está referida a los estragos en las dinámicas estuariales provocadas por el ventury obrado en el arroyo Las Víboras a partir del proyecto de la consultora Halcrow aprobado en 1967con las consecuencias, que desde el Municipio del Tigre hasta más allá del Km26 del canal de acceso donde por más de una década se volcaron barros dragados y hasta más allá de los desarrollos insulares de Oyarbide en el frente deltario central y hasta la formación de Timoteo Dominguez en territorio uruguayo lindera a Martín García se tradujeron en múltiples desastres ecológicos que nunca fueron siquiera mencionados por esta SSPVNyMMN, muchos de los cuales aparecen apuntados en la demanda.

El derecho está fundado en la violación del equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos (primer enunciado del par 2º, del art 6º de la ley 25675), para hacer lugar a caprichos antrópicos, tan oscuros en su sostén por este funcionario y sus antecesores, que reclaman ser denunciados e ilustrados en procesos de conocimientos específicos que enriquezcan nuestras conciencias e impidan seguir con estos estragos ecológicos en un área que no ha cesado de ver crecer sus compromisos y fragilidad a niveles que claman por alarmas

A su silencio, inacción y corresponsabilidad va esta demanda originaria, descubriendo la carga que imponen a la Nación, a la provincia de Buenos Aires y a la C.A.B.A. en áreas estuariales donde se juegan los destinos de las ventilaciones de super pobladas áreas urbanas y los equilibrios de las dinámicas de los sistemas ecológicos involucrados en aguas estuariales en un área no menor a 100 Km2 con un promedio de tan solo 80 cm de profundidad.

Que por ello cabe la tipificación del art 420 bis del Código Penal Federal de la República de Méjico, al que con carácter supra constitucional estamos ligados por los tratados de la CADH: Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de 300 a 3.000 días multa, a quien ilícitamente: I. Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

Todos los jueces de los países firmantes son en primer lugar jueces de la convención, pues esos derechos están por encima de nuestras propias leyes.

La falta de una ley de humedales que mire por las aves, la flora y la fauna, no habilita a generar todo tipo de estragos en el equilibrio de las dinámicas ordinarias de este formidable humedal, que pasó de llamarse Mar Dulce a estar preparando la digestión del crimen hidrológico más espantoso de la historia argentina (ver causa CSJ 791/2018), al que esta hidrovía y sus obranzas le vino y sigue sumando sus propios desequilibrios poniéndole sello de irresponsabilidad a estos adicionales criminales desprecios.

 

XV . introducción al petitorio

Medio siglo ha pasado desde que se modelizó en Inglaterra el “ventury” de salida por el arroyo Las Víboras para una canalización de 32 pies. Hoy lo persiguen en 38 pies sin estudio de campo alguno que permita advertir que los límites ecológicos de este recurso hidrodinámico de Halcrow implantado en medio de un sistema natural termodinámico abierto y enlazado a un sin número de ecosistemas fluviales aledaños, ya han sido superados olímpicamente por el listado de desastres que cabe inventariar.

Las asociaciones ecologistas que vienen anticipando estas preocupaciones son aquellas que miran por el río Paraná más allá de Campana y hasta las vecindades de Rosario. Desde luego, también se hacen presentes los que miran por las ampliaciones de los canales de ingreso al Riacho de Barranqueras y lo que sigue al Norte hasta Asunción.

Pero lo que aquí vengo a denunciar es lo que ha acontecido en estos 52 años desde el punto de arranque del inicio del Emilio Mitre en el arroyo Las Víboras hasta más allá de su empalme con el canal de acceso, puesto que al Sur del Km 26 también han comprometido a esas áreas con vuelcos de dragados.

Los crímenes no cabe enfocarlos solo en este eje longitudinal, sino en lo irradiado por el desvío de energías y caudales en perjuicio directo de todos los ecosistemas fluviales al Norte de la salida estuarial del Emilio Mitre.

El 21 de Junio del 2016 el diputado por el Parlasur Agustín Rossi solicitó la convocatoria a audiencia pública para evaluar lo actuado en la década última por Hidrovía. Pero está claro que sin un listado de desequilibrios algo más consistente de los hasta aquí conocidos, poco o nada invitará a profundizar y sumar masa crítica a esa mirada.

El avance de esta denuncia y su comunicación pública va en impulso a esas miradas críticas que jamás estuvieron presentes en los debates para fundar un siempre fructuoso y marketinero Plan Maestro.

Todos van por sueños de mayores calados y más anchas soleras, pero nadie por hacer balance de los crímenes hidrológicos que por alguna cuestión cultural y de escalas y cercanías concretas, nunca nadie hubo denunciado.

Esa cuestión cultural tiene soporte medular en los simplicismos con que la ciencia hidráulica ha mirado durante siglos estos temas. Tan comprometidos con sistemas termodinámicos naturales abiertos y por gradientes térmicos e hidroquímicos enlazados, que hoy mostrar estos abismos es dejar a todos alelados.

Decir que estamos frente a una obra “hidráulica” que lleva consumidos en refulados y dragados de arrastre más de US$ 10.000.000.000 -y por ello cabe estimar la más importante de la historia argentina-, ya nos enfrenta a la necesidad de aclarar que esta obra es un acto de prepotencia de la mecánica de fluidos para meter en medio de un sistema termodinámico a una caja hidrodinámica modelizada en Inglaterra hace 52 años, sin contemplación alguna de los juicios críticos que ya entonces cabían a las variables puestas en juego en su modelización, ni a su devenir tras medio siglo, irradiando los desastres que descubren los desequilibrios de las dinámicas de losecosistemas fluviales y estuariales inmediatos vecinos traducidos en desbordantes derivas litorales precipitando sedimentos en todas las disociaciones que encuentra en su camino.

La denuncia apunta al titular de SSPVNyMMN pues esta institución es la autoridad de aplicación de los contratos con Hidrovía S.A, de los cuidados de ríos navegables, de la demarcación de las líneas de ribera y los deslindes públicos y privados en sus márgenes y a qué dudar: de la vigilancia de los equilibrios de las dinámicas de estas vías navegables y de las áreas deltarias y estuariales comprometidas con ellas.

No hay ninguna otra institución en la República que como autoridad de aplicación esté por encima de ésta en la obligación de velar por el destino mediterráneo de Buenos Aires, punto final y medular para valorar la trascendencia de estas debacles. Con esta breve introducción estimamos identificado al denunciado.

El listado de crímenes no se agota con los que aquí enuncia este querellante, pues aguas arriba los hay de todo tipo y color. Ya hemos acercado imagen satelital y perfiles de cotas de floodsmaps para entender los motivos de las permanencias de los anegamientos en las provincias vecinas

El primero de los crímenes se descubre en la caja hidrodinámica inserta en medio del sistema termodinámico. Forzante de una salida mecánica ingenieril sin aprecios de gradientes de enlace, ni del perjuicio directo a las salidas tributarias originales del Paraná de las Palmas que así quedaron abandonadas, degenerando sus menguados flujos en escandalosa deriva litoral.

Ninguna necesidad tenían estos ingenieros proyectistas de acelerar la conducción de esos flujos por ese sistema instalado en los 7 kilómetros del canal de anterior a la salida al estuario, si hubieran advertido que las aguas de un estuario se mueven merced a energías convectivas advectadas por un gradiente de ligera menor temperatura y no por la fuerza bruta de un sistema de flujos laminares que jamás existieron en estuario alguno de planeta.

El haber creído con fanatismo ciego en el valor de extrapolar energías gravitacionales en estuarios con pendientes promedio de tan solo 4 mm/Km y creer que el sostén de los transportes sedimentarios se resuelve acelerando flujos o mirando por la velocidad relativa de los mismos, choca de frente con la realidad de las paredes virtuales que descubren algo más que capas límites térmicas en flujos groseramente disociados.

Flujos disociados se manifiestan en este estuario y en cualquier otro -incluídos los mares y océanos-, reinando por doquier, sin ventaja alguna en ignorarlos o multiplicarlos, pero jamás con semejantes brutas disociaciones.

Este canal que diseñaron se encontró a su salida al estuario una caja termodinámica perfectamente contrapuesta en su gradiente de enlace traduciendo estas torpezas en marejada que probando manifiestarse contra Natura recibe respuesta en obligada precipitación sedimentaria; ya no por capa límite térmica, sino por llevarse por delante un estuario con temperaturas por completo disociadas.

¿De qué sirve entonces fabular energías inexistentes extrapolando en modelos de caja negra lo que se les ocurra favorece sus sueños y modelizar en laboratorio en función de variables mecánicas, lo que fuera, aunque bien ajeno resulte a la primaria realidad de sistemas termodinámicos naturales abiertos, que ya el glosario de la 11723, ley general del ambiente provincial, les indica expresamente: mirar por la energía solar que ingresa y por la que egresa, en particular, la acopiada en sedimentos.

El desmadre de costos provocado por la sedimentación creciente en la hidrovía no solo le pone precio a este despiste cognitivo de escala planetaria, sino que lo imperdonable luce viendo el total descuido por el transporte desenfrenado de sedimentos por deriva litoral aguas arriba por el frente deltario central, al igual que por el lado Este del canal de los Pozos del Barca Grande .

¿A quién no sorprende la necedad o cinismo con que han guardado silencio durante 52 años, ahorrándose balances y audiencias públicas donde plantear estos fenomenales descalabros?

Como si la firma del contrato hace 52 años les habilitara a seguir trabajando sin exhibir las novedades escandalosas que en materia ecológica y a lo largo de 52 años a cualquier observador dejarían alelado.

¿En qué agenda de audiencia pública en 52 años plantearon estos problemas puntuales que señalo? ¿En qué Plan Maestro discutieron estos temas puntuales? ¿Qué consultora que les hubiera asistido en estos 52 años hubo manifestado alguna advertencia de alguno de estos crímenes? ¿Qué academia de ciencias exactas y naturales?

Es obvio que me estoy colocando en posición de ser apreciado, si no como un loco, al menos como un exagerado.

Vayamos entonces al Proceso cognitivo (CSJ 791/2018) y a las imágenes para ver qué nombre ponerles a estos descalabros, qué tipificación penal, qué nivel de necedad, qué incumplimientos de deberes de funcionario público, qué ocultamientos, qué silencios, qué trascendencias, qué orígenes, qué remediaciones.

¿Cómo llamar al desequilibrio de velocidades que reconoce el Emilio Mitre al comienzo de su traza en perjuicio inmediato y mediato de los pequeños y grandes tributarios?

¿Cómo explicar la multiplicación de la deriva litoral si no es a partir de estos robos? El que hayan sido por 100.000 Libras esterlinas diseñados en Inglaterra y aprobados en Argentina no les quita un ápice de gravedad a estos crímenes. En todo caso los hace más sorprendentes.

¿Cómo es que miraban por doce boyas la marcha de los flujos en el Emilio Mitre y nunca controlaron lo que pasaba con sus vecinos? ¿Acaso los ecosistemas no funcionan enlazados?

¿Cómo es que en la respuesta que dieron al exp S01:0296326/2006 nunca aclararon por qué cambiaban la modalidad de refulado por la de arrastre?

¿Por qué demoraron 14 años en volver a los términos primarios de lo aprobado respecto de la modalidad de dragado? ¿Por qué ahora sí y antes no?

¿Por qué nunca advirtieron que si los sedimentos del Bermejo hacen viajes extraordinarios de hasta 5000 Kms a 5700 m de profundidad, algo raro estaba sucediendo viendo cómo los sedimentos se solazaban depositándose a lo pavo en el canal una y otra vez dragado?

¿Por qué nunca apreciaron que si la palabra calor en termodinámica se traduce como trabajo, a este canal le estaba faltando calor para hacer el trabajo de transporte sedimentario que hace en todos lados? Incluso en aguas someras donde la deriva litoral impera.

¿Por qué no miran en google por “convective flushing in shallow wetlands”? Verán qué relación hay con estas anestesias cognitivas que les regalan los simplicismos mecánicos y así comienzan a sincerar en intimidad vuestras cegueras

¿Por qué no consideraron grave ver florecer los bajos del Temor en tan pocos años? ¿Por qué no apreciaron el labio Sur del Barca Grande sin labio al Norte?

¿Por qué no infirieron que el perfil hidrodinámico que exhibían las formaciones insulares era indicador clarísimo de energías que marchaban en sentido contrario a los flujos en descenso? Energías que solo exhiben las derivas litorales guardando hipersincronicidad mareal las 24 hs del día.

Si las pruebas de esos desarrollos sedimentarios de órdago lucían década tras década en ambas márgenes de los Pozos del Barca Grande multiplicando tapones a las dinámicas de todos los sistemas de flujos en todos lados, desde el Guazucito, hasta las dos bocas del Paraná de las Palmas, ¿cómo es que nunca lo declararon para que al menos alguien les ayudara a enfocar estos temas?

¿Acaso en la audiencia pública que solicitaban convocar desde el Parlasur lo harían? ¿Con qué herramientas? ¿Con qué criterios?

¿Nunca vieron que el barco hundido a la salida del Miní era un atentado directo contra la salud de este frente estuarial donde el Emilio Mitre era el primer generador de desequilibrios?

¿Nunca vieron la curiosa estela sedimentaria que creció al Norte del Ambai hundido a la altura de la boca del Barca Grande? ¿No les dice nada?!!!

¿Nunca vieron la dirección del perfil hidrodinámico que dejaban apuntado hacia el Norte todas las formaciones insulares?

¿Acaso no vieron el perfil hidrodinámico que descubren las acreencias de Timoteo Domínguez? Sedimentos argentinos generando territorio uruguayo.

¿Acaso si hubieran entendido las consecuencias de estos procesos de deriva litoral hubieran convenido que Timoteo Dominguez cambiara de nacionalidad?

Cuando se firmó el Tratado del Río de la Plata ya hacía más de una década que Prigogine había advertido de los abismos de la mecánica y su mirada ciega a los sistemas disipativos.

¿Acaso estas advertencias de negligencias extremas no deberían florecer para al menos movilizar prospectivas del devenir mediterráneo de Buenos Aires?.

Ver videos sobre el devenir mediterráneo de Buenos Aires https://www.youtube.com/watch?v=h_bdAHfIl8o https://youtube.com/watch?v=UgPTybGfTeE

¿Acaso es fácil borrar la imagen de una megalópolis de 15 millones de habitantes velando el cadaver nauseabundo de un lodazal durante al menos 200 años?

¿Acaso cabe imaginar una imagen menos infeliz? No menos que eso les espera.

Ver causas D 179/2010, D 473/2012, CSJ 791/2018 y CAF 21455/2017 esperando la llegada del día que de comienzo el austero proceso cognitivo ofrecido.

Por estos motivos he de solicitar en el petitorio dejar una addenda abierta a todas las atenciones que se vayan sumando –al menos en mi conciencia que hace años viene merodeando en la forma en que deberíamos comenzar a mirar estos ecosistemas-, para expresar las pautas mínimas de arranque del trabajo de campo a realizar. Los primeros esbozos siguen por breve anexo a este escrito.

 

XVI . El contraste más revelador

¿Por qué damos tanta importancia a un río Reconquista que con su sarcófago a medida de los popes de la ciencia hidráulica no saca 1 m3/s de aguas al Luján y por él al estuario; y al mismo tiempo cerramos los ojos por completo a un sistema de 3000 m3/s en crisis global descalabradora de ecosistemas aledaños desde que nació hace 52 años y consumiera al menos 5 veces más dinero que el primero?

La respuesta es obvia: nuestra carreta ambiental está instalada justo donde está el primero. Del Barca Grande y de los brutos desarrollos insulares ni el presidente escuchó jamás hablar.

Lo que también es obvio, es que esa mirada a lo inmediato y bien nuestro porque lo sufrimos en directo, nos lleva a dejar en manos de ineptos, de popes catecuménicos o de quien fuere, problemas de escalas infernales que adelantan un futuro, que en comparación, este problema del Aliviador resultará de la escala de un microbio.

Más grave aún y no menos paradojal es sin embargo el hecho, de que ni con uno ni con otro aprendemos nada del sentido primordial básico de respetar el orden de los temas a mirar que nos impone el par 2º, del art 6º que define lo que es un presupuesto mínimo, que no me canso de repetir: 1º mirar por el equilibrio de las dinámicas de los sistemas ecológicos, en 2º lugar por su capacidad de carga y tan solo en tercer lugar por los temas generales del ambiente y sus siempre declamadas sustentabilidades (4º lugar).

De nada sirve poner la carreta adelante del buey. Y mucho menos apreciarlo tan poco, que ni siquiera advertimos que está desde hace décadas o siglos por completo muerto.

Cuando el buey estuarial que habita en esos 100 Km2 que median entre el frente deltario, el Dock Sud, el Emilio Mitre y la costa urbana esté muerto –hoy está en estado catatónico-, entonces evaluaremos en audiencia pública nuestra ceguera.

¿Por qué no invertir el 1% de lo que se lleva la hidrovía en un año para poner a personas que valoren y estén dispuestas a abrir los ojos para mirar estos problemas puntuales de flujos y transportes sedimentarios; y aún sin resolverlos, vayan a poco sumando criterio a jueces y a inventarios.

Solicitudes mínimas para el trabajo de campo

Termómetros de contacto que permitan informar las temperaturas del fondo penetrándolos hasta profundidad apropiada para estimar cómo, con qué recursos térmicos fundan allí los sistemas convectivos la memoria de sus tránsitos.

Boyitas derivantes en extremo ligeras que registren sensibles en la columna de agua la amplitud vertical de los procesos convectivos en ecosistemas de gran madurez como los que estimo, aún se manifiestan en el Barca Grande y en esas porciones de los Pozos del Barca Grande que muestran las imágenes de las aguas espejadas.

Registros transversales al cauce de temperaturas de la columna de agua y del fondo con sensibilidad de 0,01º, y control de advecciones laterales a la traza que se manifiesten a partir de una distancia de 1000 m.

Para el desarrollo de estas experiencias solo es necesario en un principio elegir un área muy libre de tránsitos como son las apuntadas en la boca interior y en la exterior del Barca Grande y en el cruce de los Pozos inmediato.

Cuando estén confiados en la calibración de estos instrumentos y experiencias cabe echar una primera mirada a los flujos de entrada y de salida del sistema del Emilio Mitre, con inclusión de un par de lecturas del cauce inmediato anterior del Paraná de las Palmas a distancias no menores a los 1000 m y 5000 m.

Las lecturas de cargas sedimentarias den primero lugara éstas que señalo.

 

 XVII .Planteo del caso ante la Comisión Interamericana

Formulo esta salvedad para el supuesto que no se consideren estas demandas sobre las intervenciones de alteos y canalizaciones propuestas que en nada responden a solicitud ecológica alguna y a todas luces descubren fraudes descomunales para multiplicar negocios y seguir arruinando con sarcófagos la Vida y transferencia de las energías convectivas que dinamizan los aguas y sedimentos de los cursos de llanura, que por ello concluyen en atarquinamientos decauces y canales tan desenlazados de sus compromisos ecológicos, que califican a la par de los sistemas más sub ajustados.

Recordando también el regalo tan preciso del Art 420 bis del Código Penal Federal de la República de Méjico al que estamos ligados por los tratados de la CADH para los crímenes hidrológicos cuando tipifica: Se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de 300 a 3.000 días multa, a quien ilícitamente: I. Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

Todos los jueces de los países firmantes son en primer lugar jueces de la convención, pues esos derechos están por encima de nuestras propias leyes.

La desatención de estos conflictos nos obligan a plantear reclamo ante la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. (Ley 23054)

 

XVIII . GRATUIDAD DE LAS ACTUACIONES

El art. 2 de la Ley 25.675, establece que "La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos: ... i) Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma;...".-

Que el art. 16 de la mencionada norma establece "...Todo habitante podrá obtener de las autoridades la información ambiental que administren y que no se encuentre contemplada legalmente como reservada" y su art. 32 refiere sin dejar lugar a ningún tipo de dudas que "...El acceso a la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo o especie",siquiera las que gravan las actividades de los profesionales del derecho, ya que indirectamente se infringe la mencionada disposición en razón de la obligatoriedad del patrocinio letrado que imponen los códigos rituales.-

A mayor soporte el art. 28 de la Constitución Provincial concluye que"...En materia ecológica se deberá garantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales."

La Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha expresado “La Plata, 2 de noviembre de 2005. AUTOS Y VISTOS:... En consecuencia, ha de serles reconocido que esa accesibilidad no esté condicionada por restricciones económicas en todo su derrotero procesal, incluyendo la fase de actuación inherente a esta sede extraordinaria, puesto que la disposición referida no circunscribe su vigencia al mero ingreso ante los estrados judiciales competentes solo en sus instancias ordinarias...”.(Ac. 93.412. Granda Aníbal y Ots. c. Edelap S.A. s. Amparo).

La gratuidad de la justicia y el acceso a los estrados judiciales, sin cortapisas, lo estatuyen también los Tratados internacionales, (San José de Costa Rica).

La CSJ en el caso “Giroldi” JA 1995-III-571 dijo que al otorgarse jerarquía constitucional a la Convención Americana de Derechos Humanos en las condiciones de su vigencia, quiso poner de manifiesto que era tal como la misma regía a nivel supranacional y teniendo en cuenta la aplicación que hacían los Tribunales internacionales competentes.

Es por ello que, invocando la ley vigente, se declare sin mas trámite ni sustanciación alguna el beneficio de gratuidad a esta presentación para la tramitación de este recurso y como tal, eximido de pago de toda suma de dinero.

 

 XIX . Agradecimientos

A mis Queridas Musas Alflora Montiel Vivero, Estela Livingston y Julieta Luro a quienes desde hace 34 años todo mi ánimo e inspiración debo.

 

XX . Petitorio

Solicito a V.E. que tras verificar la creciente e interminable tarea de redragado en el canal Emilio Mitre se considere que algo en la modelización realizada en Inglaterra hace 52 años ha venido fallando desde entonces y que los aumentos pretendidos de calado y ensanche de la solera superan los límites ecológicos que nunca apreció reconocer esta obra, ni la propia ciencia “hidráulica”.

Jamás hicieron en forma pública a través de una audiencia después de la reforma constitucional de 1994 y del cambio societario del 1º de Mayo de 1995, balance de la inserción de la traza respecto de los equilibrios de las dinámicas de los ecosistemas fluviales y estuariales inmediatos vecinos y de la inserción forzada de la traza en el sendero del arroyo Las Víboras provocando un desvio de energías del ecosistema del Paraná de las Palmas, traducidos en acelerados caudales que bajan por la traza artificial con total desprecio de todo estímulo advectivo y por ello disociándose esta agua canalizada con criterios hidrodinámicos, de las que respondiendo a un régimen termodinámico encontraría a su salida al estuario; tanto en términos de gradiente térmico invertido y muy disociado al que dispone la advección, como energéticos, que no cabe eludirlos mentándolos meramente como cinéticos.

Considerando las magnitudes de los desequilibrios de tantás áreas y ecosistemas tremendamente afectados en sus interfaces, se exijan los estudios de campo para verificar las características termodinámicas de los ecosistemas afectados y las de éste que oficiando todo tipo de sustituciones resulta el afectador.

Para que respetando la acepción que el glosario de la ley provincial 11723 le acredita a la voz ecosistema como sistema natural abierto cuya principal energía de entrada es solar y cuya salida de energía hacia la hidrósfera está conformada por sedimentos. Estos que por ser tratados sus soportes vehiculares con criterios mecánicos precipitan por disociaciones térmicas y energéticas que las encuentran grotescas por todos lados.

Solicitamos a VE disponga el establecimiento de medidas autosatisfactivas que impidan la prosecución de estos criterios de manejo del sistema Emilio Mitre, que por estar planteado con criterios mecánicos no merece el nombre de ecosistema.

Se concentre la denuncia en el Lic. Mariano Andrés Saul, titular de la Subsecretaria de Puertos, Vías Navegables y Marina Mercante de la Nación con domicilio en Av. España 2221, CABA, , se le imponga el depósito de una suma no menor a US$ 1 millón que garantice el presupuesto de las evaluaciones a llevar a cabo y la fluidez del fondo del 1% de los gastos anuales de dragados en la hidrovía, que permitan, tras designar un auditor responsable, el inmediato comienzo de los estudios invitando a la Dra Agnes Paterson a desarrollar sistemas de evaluación termodinámica de estos ecosistemas fluviales deltarios y estuariales y de este sistema de concepción mecánica inserto con prepotencia cartesiana en medio de sistemas disipativos que sotienen su Vida y energías con enlaces permanentes fundados en delicados gradientes.

Se me permita reflexionar dejando abierta la solicitud mínima de trabajo de campo expresada en el capítulo XIV, con requerimientos de atención que permitan adicionar mayores criterios de análisis de la situación y de las vías de acción para ordenar el sendero de las remediaciones;

que fundamentalmente comienzan por estudiar los desequilibrios en las dinámicas de los enlaces ecológicos afectados, que orienten a poner límites a la deriva litoral con las medidas que ya han sido expresadas y con la reforma del sistema hidrodinámico inscripto en la traza del arroyo Las Víboras para que sus márgenes sean ensanchadas, sin piedras y con perfiles transversales suavizados.

Convocar a audiencia pública sin antes avanzar en las evaluaciones termodinámicas de este sistema y de los ecosistemas afectados, no es lo apropiado.

Por lo expresado en este escrito y adicionalmente ilustrado en el vínculo web citado, solicito a V.E. reconozca y aprecie mi obligación y derecho a ser querellante en esta causa, que bien aprecia el proceso cognitivo en la CSJ 791/2018

Si para Antoine de Saint-Exupery“el transporte de los correos, el transporte de la voz humana, el transporte de las parpadeantes imágenes, apuraban en su siglo, como en otros, nuestros logros más elevados que todavía tienen el único objetivo de reunir a los hombres”, ya es hora de aprender a mirar cómo logra Madre Natura fecundar enlaces entre ecosistemas sin pérdida de energías en el camino de sus transformaciones. Tal vez de esas miradas delicadas aprendamos algo de tanto que falta para fecundar las intenciones de los medios anteriores.

Sin más que expresar, agradezco a V.E. toda su atención.

 

Francisco Javier de Amorrortu

 

Ignacio Sancho Arabehety

CALP T40, F240