Hidrología en Suprema Corte . 67491 . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . 8 . 9 . 10 . 11 . 12 . 13 . 14 . 15 . 16 . 17 . . 69518, 519, 520 . 18 . 19 . 20 . 21 . 22 . 23 . 24 . 25 . 26 . 27 . . 70751 . 28 . 29 . 30 . 31 . 32 . 33 . 34 . 35 . 36 . 37 . 38 . 39 . 40 . 41 . 42 . 43 . 44 . 45 . 46 . 47 . 48 . . 71368 . 50 . 51 . 52 . 53 . 54 . . 71413 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 60 . . 71445 . 55 . 56 . 57 . 58 . 59 . . 71516 . 60 . 61 . 62 . 63 . 64 . 65 . . 71520 . 66 . 67 . 68 . 69 . 70 . . 71521 . 71 . 72 . 73 . 74 . 75 . . 71542 . 76 . 77 . 78 . . 71614 . 79 . 80 . 81 . . 71615 . 82 . 83 . 84 . 85 . 86 . . 71616 . 87 . 88 . 89 . 90 . 91 . . 71617 . 92 . 93 . 94 . 95 . 96 . . 71618 . 97 . 98 . 99 . . 71619 . 100 . 101 . 102 . . 71413 . 103 . 104 . 105 . 106 . 107 . . 71743 . 108 . 109 . 110 . . 71808 . 111 . 112 . 113 . 114 . 115 . . 71848 . 116 . 117 . 118 . 119 . 120 . . 71857 . 121 . 122 . 123 . 124 . 125 . . 71908 . 126 . 127 . 128 . 129 . 130 . 131 . . 71951 . 132 . 133 . 134 . 135 . . 71936 . 136 . 137 . 138 . 139 . 140 . . 72048 . 141 . 142 . 143 . 144 . 145 . . 72049 . 146 . 147 . 148 . 149 . 150 . . 72089 . 151 . 152 . 153 . 154 . 155 . 156 . . 72404 . 157 . 158 . 159 . 160 . . 72405 . 161 . 162 . 163 . 164 . . 72406 . 165 . 166 . 167 . 168 . 169 . . 72512 . 170 . 171 . 172 . 173 . 174 . 175 . 176 . 177 . 178 . 179 . 180 . 181 . 182 . 183 . 184 . 185 . . 72592 . 186 . 187 . 188 . 189 . 190 . . 72832 . 191 . 192 . 193 . 194 . 195 . . 72994 . 196 . 197 . 198 . 199 . 200 . . 73038 . 201 . 202 . 203 . 204 . 205 . . 73114 . 206 . 207 . 208 . 209 . 210 . . 73147 . 211. 212 . 213 . 214 . 215 . . 73406 . 216 . 217 . 218 . 219 , 220 . 45090 CABA . 221 . 222 . 223. 224 . 225 . 226 . 227 . 228. 229 . 230 . . 45232 CABA . 231 . 232 . 233 . 234 . 235 . 236 . 237 . 238 . 239 . 240 . 16191 CABA . 241 . 242 . 243 . 244 .245 . . CCF4817 . 246 . 247 . 248 . 249 . 250 . . CSJN . 251 . 252 . 253 . 254 . 255 . 256 . 257 . 258 . 259 . 260 . 261 . 262 . 262 . 264 . 265 . . 35889 patrimonios rurales 266 . 267 . 268 . 269 . 270 . 271 . 272 . 273 . 274 . 275 . 276 . 277 . 278 . 279 . 280 . . hidrolinea . . código 1 . 2 . . cartadoc fiscalFed . . cartadoc JuzgFed . . Cartadoc Scioli . . Cartadoc Massa . . acceso al habitat . . nuevo paradigma 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . . esacasoelagua . . interlocucion 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . 7 . . . dragados . . tolosa 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . Ley 25688 . 1 . 2 . . discurso . . Ley particular . . decreto1069 . . ocsa . . dominios públicos . 1 . 2 . 3 . 4 . 5 . 6 . . index .

 

Recurso Extraordinario Federal

Excelentísima Corte Suprema de Justicia de la Nación:

Francisco Javier de AMORRORTU, por mi propio derecho y mis propias obligaciones, constituyendo domicilio legal en Avd. Roque Saenz Peña 974, 7º piso “A”, C.A.B.A., conjuntamente con mi letrado patrocinante Ignacio Sancho ARABEHETY, LE 17490702 CPACF T 40 F 47, IVA Responsable Inscripto, en autos caratulados Causa I 71908, "DE AMORRORTU FRANCISCO JAVIER C/ MUNIC. DE TIGRE S/ INCONST. RES. 1152, 2283 Y 2284", a V.E. me presento y digo:

Objeto

Mirando por los respetos de los arts 41 de la CN y 28º de la CP; arts 2577, 2340 inc 3º, 2572, 2579, 2651, 2642 y 2634, 2638, 2644 y 2648 del Código Civil con los debidos soportes de hidrología e imágenes de esta planicie anegada que por CD anexo lo acreditan, interpongo en tiempo y forma legales y en un todo de conformidad con lo apuntado por el art 14 de la ley Nº 48, este Recurso Extraordinario Federal de los rechazos in limine expresados por resolutoria 400 del 23/5/12 a la causa I 71908, siendo notificado el 18/6/12, y solicitando de V.E. la consideración profunda de las debilidades vinculativas entre lo particular y lo general que la doctrina alude al fundar rechazo.

La trascendencia federal de los crímenes hidrogeológicos en el santuario Puelches 150 veces denunciados en más de 20 causas de hidrología e hidrogeología urbana en planicie intermareal en la SCJPBA; sumado a la eliminación de bañados con el consiguiente robo de energías convectivas, generando la muerte de las dinámicas horizontales de todos los tributarios urbanos que desde el Oeste concurren al Luján sin suerte en sus enlaces; concursan en calamidades para sumar al descalabro hidrológico que desde el Tigre al Dock Sur ya permite prospectivar la transición asfixiante en el devenir mediterráneo deBs Aires.

A esto la SCJPBA responde: de manera manifiesta, la normativa impugnada carece de la operatividad abstracta requerida por la norma ritual para ser objeto de impugnación mediante la acción declarativa de inconstitucionalidad, en tanto fue dictada para una situación particular y concreta, y cuyos efectos jurídicos sólo alcanzan de modo directo e individual a la interesada.

Los agravios en el Proceso Ambiental y en el Proceso Administrativo suman violaciones a los arts 31, 41, 75 inc., 19, 22 de la CN; al art 28 de la CP; a los arts. 2340 inc 3º, 2569, 2572, 2577, 2579, 2634, 2638, 2642, 2644, 2648 y 2653 del CC; a los arts. 2º inc , b, d, e, g y k; art 4º; art 8º, par 1, 2, 3; art. 10º, inc a, b, c, d y e; art 11 a 13 y art 19 a 21, ley nac 25675; a los arts 3º y 5º, inc a, b, d, f,de la ley nac 25688; al art 28 y 168 de la CP; a los art 5, 6, 8, 10 al 23, 39 inc a, b y f; art 45 y 46 de la ley prov 11723;al art 59, ley 8912; a los arts. 2º, 3º, 4º y 5º del dec 11368/61;a los arts 4º, 5º y 6º, ley 6253; ;a los arts 2º, 3º inc c, 4º, y 5º de la ley 6254; al art 101, dec 1359 y 1549, regl. de la ley 8912. y al art 3º, ley 9533/80.

Reconociendo antecedentes de superlativas conexidades en un territorio aplicado a desarrollos urbanos imposibles en esta planicie y brazos interdeltarios y a crímenes hidrogeológicos aberrantes en el santuario Puelches, no acuerdo con este alegato doctrinario de abstracción; materia a la que ya he dedicado aprecios y que en esta oportunidad extenderé a partir de muy calificadas reflexiones que hace 50 años así nos prevenían de este “modo de asumir al mismo tiempo lo fragmentario y la necesidad de falsificación de la unidad. De allí que no exista camino que vaya desde lo fragmentario a la unidad.

La distinción del ser respecto del ente parece aquí basarse y consistir en que se prescinde («abstrae») de todas las particularidades del ente para conservar así lo más universal como lo «más abstracto» (lo más substraído).

Esta doctrina en todo caso nos aleja de querer explicar con el más gratuito de todos los medios de pensamiento, la abstracción, lo más esencial de todo lo que hay que pensar y experimentar”. Martín Heidegger, Nietzsche II, 1961

Heidegger nos señala que esta escisión fue obligada –habla de una necesidad-, por articulación de esencias extrapoladas de ese mismo especular, dado que no advierto otra forma de manipulear la falsificación de la unidad a la que alude. Esencias, la de esta falsificación, sobre las cuales muy poco al parecer hemos reflexionado; pero que aquí advierto, nada sostienen de la develación del ser; porque la develación del ser no se resuelve en la mente como abstracción, delirio o lo que fuere, sino en cuerpo y alma como instalación. Reitero, no como abstracción, sino como internalización, como introyección sensible y en adición, plena de identidad vincular. Por eso no sólo resultaarmonizable, sino agradecida tras el abismo y desestructuración que esta vivencia por años en soledad, escindida, en isla de Naturaleza contenida, permanece activa.

La locura, a los ojos de cualquier observador externo, empieza por la mente; pero no es allí donde termina el éxtasis que le guía tras los abismos del Amor.

Tras esta zambullida abismal e inesperada para zanjar este rechazo in límine por abstracción fundada sobre diferencias irreconciliables entre lo particular y lo general tal cual están planteadas en esta doctrina, invito a V.E. a repasar senderos clásicos de poetizadas “experiencias”.

Si intrigados desearan profundizar en estos hospedajes, invito a mirar por las páginas 48 y 132 de La Viga de Cruce, o intentar digerir el texto entero si Vuestro Angel de la Guarda personal, dispuesto a acariciar fuentes de escisión acompañara. Ver por http://www.hidroensc.com.ar/incorte67.html en archivo pdf adjunto. Intento así, sacudir el abismo instalado entre lo particular y lo general, que al menos en materia ambiental, resulta a todas luces, obviando a Descartes, inadmisible. Si V.E. no soportaran este introito, ruego hagan abstracción de estas líneas tras el texto de Heidegger y den paso a las que siguen.

Los más antiguos no se conformaban con refugios en abstracción. En el formidable despertar griego, el refugio del ser, más allá de los develamientos del en-te prodigados en el siglo VI aC y relacionados al agua, al fuego y a la que estos alimentan, en y , develamiento y parentesco, no fueron por abstracción en especulación metafísica; aunque reconocemos a los que siguieron, intentándolo por , tras licuación del sentido profundo del como parentesco.

Las interpretaciones de e en Platón, las de , y en Aristóteles, potentia y actus en medioevales, cogito en Descartes, física matemática y gravedad en Newton, subjetividad en Kant, razón en Ilustración, voluntad en Schopenhauer, espíritu en Hegel, voluntad de poder en Nietzsche y regreso al ser en Heidegger, ninguna de ellas logró captar la integridad del ser, que inmutable, todas estas especulaciones metafísicas eludió.

Comparable acontecer el de los montes místicos donde para hacer cumbre cabe primero patenciar el negro, nigrum, nigredo y sumar conocimiento hasta 5 veces nada. El descenso de las caballerías que festeja Juan de la Cruz al final de su cántico espiritual habla de ello. Las antiguas señoritas de cabeza equina -así eran mentados los patriarcas zen-, están a un paso de esa transformación que el nombre de KUNG.FU.TZU Confucio, celebra como Niño.Hombre. Niño.

La patencia profunda del ser no se descubre enabstractas especulaciones, sino en cascada de aconteceres eurísticos que hacen al devenir de los hombres niños; cuya transformación y sendas en éxtasis de locura recorridas, nadie hasta hoy con metafísica resolvió aunque la Vida las haya reiterado por siglos.

Recordar a Vicente Aleixandre tal vez regale algún remanso en estos abismos:

Ya no querrás leer en los libros una verdad que poco a poco sube como un agua. Renunciarás a ese espejo que donde quieran las montañas te ofrecen, pelada roca donde se refleja tu frente.

Vivirás todavía como la yerba dura, protegido de las nieves por el carbón vigilante. Todos ignorarán la presencia del que vive; del que en pie en medio de las flechas calladas, oculta su pecho transparente al que no pueden mirar;

que nunca será cristal a pesar de su claridad, porque si acercaran sus manos, podrían sentir la sangre....un día aparecerás descendiendo entre la suavidad de las laderas, para asistir al nacimiento de un niño, en la misma yerba apacible de un destino, que te ha querido como nunca.

El que atisbe a descubrir algo más que lirismo, quiera seguir leyendo su poema Criaturas en la Aurora que así comienza:

"Amanecísteis, porque cada mañana, la túnica casi húmeda, se desgarraba virginalmente para amaros: desnuda, pura e inviolada".

Siendo tan específico el develamiento del ser, al punto de manifestarse ya no metafísico, sino intrafísico por cuerpo sensible cohabitado, a qué urdir abstracción o razón especulativa para asimilar trascendidos como este de Spinoza: nadie sabe lo que puede la locura; nadie lo que puede el cuerpo.

Con estas expresiones intento dar a sospechar que la locura no trata de abstracciones, pues ni el trámite del loco, ni el del espíritu que le lleva en éxtasis, se resuelve en ellas, sino en identificaciones plenas de vinculaciones.

Estos ejercicios abismales de intensidad psíquica poco imaginable van fortaleciendo la musculatura espiritual del recién nacido a un viejo mundo siempre lleno de desideratos doctrinarios. Los tiempos del pasado quedan atrás; no así algunos fuegos del pasado que vuelven oportunos.

Hace algo más de 50 años comencé con ayuda de un amigo picapiedras su propuesta de acariciar ontologías del lenguaje que hoy, devenido hortelano, aprecio acariciar desde una ontología del habla, reconociendo un primer capítulo expresivo fundado en pulsión interjeccional; seguido por redoblamiento en pulsión onomatopéyica y trascendido su ciclo bisilábico en esdrújulas proyecciones analógicas.

Por cierto, con esto tampoco llegamos a develar al ser, pero al menos acercamos pistas a tantos metafísicos que con las riquezas del lenguaje más se alejaron de las riquezas del habla, ya en el asombro, en el dolor, o en festividad.

Al apuntar Heideger a , desocultamiento en la vivencia griega, pasa por alto la voz que la cultura anglosajona traduce siempre como experiencia, como Erfahrung, como living experience, como experience vecue. Participio pasado que nada refiere de la vivencia como vivo presente flotante y claramente impenetrable desde afuera. De aquí que el transporte exterior que caracteriza lo empírico permanezca tan ajeno al transporte interior que caracteriza a las voces Erlebniss o vivencia.

Este develar del ente como experiencia, reitero, este ex y este , transporte, materia empírica entendida en su sentido tradicional, en nada traduce la voz vivencia como , la que a estos niños permite “sentir” la presencia develadora del ser como la misma fuente del presente eurístico. Único momento donde el develamiento del ente y el develamiento del ser, se reconocen, se hacen palpables, se agradecen. En acto de presencia sólo participan un picaflor, un burro y su niño.

Fenómenos, que como cualquier otro fenómeno, siempre entraron por los sentidos; reitero, no por la razón; mucho menos por abstracción; tampoco por doctrina, ni siquiera por leyes como la de gravedad. Por eso en el mercado, ante los últimos hombres se preguntaba Zarathustra:"¿Habrá  que romperles antes los oídos, para que aprendan a oír con los ojos?".

Necesitamos entonces, aprovechando su enorme contraste pre-posicional, valorar este como im y no como ex, y así rescatar el sentido primigenio de como transporte interior, como Erlebniss, como vivencia. Presente flotante el de esta -ausente, reitero, en la cultura anglosajona-, que nos alcanza con sorpresa, como eureka, la presencia develadora del ser en el ente; también develando el primigenio del ser, no como parecido (siglo VI aC) o su abstracción aún más licuada como (siglo V aC), sino como pariente (siglo VIII aC). Anterior a la voz indoeuropea , el vasco también confirma la misma semancia en aide como pariente y aidego como parentesco.

No obstante, al develar del ente resulta aceptable descubrirlo como . No así, reitero, al no siempre contemporáneo develar del ser. Por ello en las constelaciones, el ser que aprecian contactar no es al Otro, sino al pariente.

Las generalizaciones, que siempre fundan abstracciones, son reveladoras del retiro del ser; de su nuevo ocultamiento. Ser que no se devela para alimentar doctrinas recitando esencias, sino para asistirnos en tarea concreta. Y no es de sorprender que su ayuda se revele en enorme trama que amasó por décadas.

"Wege, nicht Werke" Caminos, no obras dice Heidegger. Besser gesagt: Wege zur Werken; Mejor dicho, caminos hacia el obrar, dice mi burro en nada contemplativo, sino, con temple activo.

Si la filosofía diera "respuestas" se transformaría en "doxografía" dice Heidegger. Die Antworten wurden durch Erlebnisse geben, Las respuestas vendrán dadas tras vivencias, dice mi burro.

El pensar incapaz de "demorarse" en sus objetos "disuelve" los problemas en el paradigma tecno científico calculador, dice Heidegger.  Esa incapacidad de demorarse quedó resuelta con extrapolación matemática, cerrando los ojos y buscando apoyo en abstracción y razón. Sólo así se explica que hayan estado un cuarto de milenio modelando dinámica de flujos en horizontal en aguas someras y sangrías en planicies, con energía gravitacional donde no opera.

La “demora” surge de la interrupción del fenómeno eurístico en cascada.Interrupción, fruto de camino errado por desconfiar del don revelador del alba.

Lejos están las inmarchitas horas matinales, imagen feliz de la aurora impaciente, tierno nacimiento de la dicha en los labios, en los seres vivísimos que yo amé en vuestras márgenes, dice V. Aleixandre

Por más que se tenga sobre el ente, no ha nacido quien ejerza dominio sobre el ente; sólo quien presume dominarlo.

Todos los tributarios urbanos del Oeste, desde el Matanzas al Reconquista, sin excepción se descubren muertos. Devolución que están dando al hombre tuerto.

"Un nómada soy yo en todas las ciudades, y una despedida junto a todas las puertas" dice Heidegger.

Ni un nómade, ni un viajero; sino un “im Nähe wir bleiben”, en cercanía permanecemos, dice mi burro mirando las aguas de esos tributarios muertos.

En la abstracción, la razón imaginativa no busca una conciliación o síntesis dela multiplicidad y la dispersión, sino un modo de asumir al mismo tiempo lo fragmentario y la necesidad de falsificación de la unidad. De allí que no exista camino que vaya desde lo fragmentario a la unidad, dice Heidegger.

Así tampoco cabe mentar un universo olístico, u olárquico, sin antes ver paso a paso develados el par, el en sus enlaces de energía, dice mi burro.

No sólo falsifican la unidad, también falsifican la generalidad; Para ello bastan extrapolaciones.

La pura dispersión en la fragmentación suele ser un modo diferente de "aseguramiento". Frente a esto, el pensar es nómade en la medida en que ningún camino está trazado de antemano, y en la medida en que debe atravesar el desierto del nihilismo buscando moradas provisorias, dice Heidegger.

En ese desierto se nos invita a borrar de nuestras lexicografías las palabras “poder, seguridad y el propio primer pronombre del singular”, dice mi burro;

haciéndola extensiva a todas las formas en que como verbo auxiliar la voz “poder” hace acto de presencia una y otra vez en nuestro hablar.Esquivar su uso, activa una y otra vez en conciencia, nuestra confianza, seguimiento y agradecimiento; manifestaciones del amparo en el cohabitar, dice mi burro.

Heidegger señala, “al asegurarlo, lo perdemos”. Perder que no apunta a los riesgos, sino al develar; sensible cohabitación del ser en permanente invitación a integridad.

Integridad que aquí apunta tanto alos comportamientos, como a las estelas de abstracción que alimentan el dilema entre lo particular y lo general. A distinguir de lo personal, que ya se reconoce revestido del espìritu del vínculo.

Desde una ontología del habla recordamos que el artículo y la separación entre palabras aparecen en la filología griega recién en siglo VI aC, patenciando el fenomenal despertar del alma griega a la revelación del ser en la materia y energía concreta de la : el florecer de la Vida misma frente a sus ojos, tratando de reconocer sus enlaces y así sus primarios provechos como en-te.

La constitución de esos desarrollos hasta entonces manifestados en el habla como , ser, ahora se celebran con el artículo , el ser; deviniendo en ligera metatesis -to, ente.

Así por dar ejemplo de su uso, ya no del ente, sino del artículo, el ejecutivo provincial –tal vez a sugerencia de I.Bordelois-, antepone a secas, artículo a la voz provincia, para presentarla como: “La Provincia”. Forma de festejar que presumiría tener algo más que las demás provincias; sin develar ninguno de sus mil problemas. Curiosa forma de agrandarse: un artículo resulta más efectivo que el propio nombre; más atractivo que el ser; así una generalidad sin enlaces a soportes fácticos resulta más observable disfrutando de abstracciones, que una particularidad cargando urgencias.

¿Cómo imaginar sentido a una reflexión sobre una norma sin soportes fácticos concretos donde celebrar su realidad? Extrapolando abstracciones afirman que fue un acto de evidente carácter individual; y: en tanto fue dictada para una situación particular y concreta, y cuyos efectos jurídicos sólo alcanzan de modo directo e individual a la interesada

Sin embargo, con la más grotesca ejemplaridad administrativa, en todos y cada uno de sus Procesos ambientales inexistentes y de sus Procesos administrativos siempre fraudulentos de EIDICO, trascendieron atropellos técnicos, legales y administrativos a territorios vecinos y no tan vecinos como es el caso del Puelches; que de hecho conducen a este recurso extraordinario federal.

Las imágenes aéreas aportadas a las causas I 70751, I 71516 e I 71520 (ver por CD anexo) mostrando los salvajes crímenes hidrogeológicos en San Gabriel, cuyas extracciones también alcanzaban rellenos al barrio San Juan, alcanzan cruda evidencia de trascender a la vastedad del santuario Puelches.

La conexidad de estos crímenes y mamarrachos administrativos campea por todos lados y cargacorresponsabilidad dictaminar que este fue un acto de evidente carácter individual, cuando de hecho contagiaron a los que siguieron en su más concreta vecindad y temporalidad, los mismos vicios en la matriz hidrológica y los más aberrantes crímenes en materia hidrogeológica; con la particularidad, estos de EIDICO de superar a todos en materia de atropellos a los Procesos Ambientales y a los Procesos Administrativos. Detectados estos vicios se evitarían sus “descomunales” trascendencias.

Expresiones calcadas del amparo dictado para uno de estos barrios de EIDICO en la misma planicie, por el Tribunal en lo criminal Nº 5 de San Isidro.

"En el caso en estudio no debe perderse de vista que estamos frente al desarrollo de un emprendimiento inmobiliario de una magnitud descomunal"

"Por tanto, el régimen de aprobación del mismo quedará sometido a mayores requisitos, por lo que el celo que debe ponerse en la observancia de los mismos debe ser aún mayor"."Es dable recordar que el dictado de medidas precautorias no exige un examen de certeza sobre la existencia del derecho pretendido, sino sólo su verosimilitud"

"En palabras simples, cada palada en la tierra que se de, puede generar un daño al ecosistema de imposible reparación ulterior" . "El emprendimiento se proyecta realizar sobre un humedal..."

Firman los miembros del Tribunal en lo Criminal Nº 5 de San Isidro; Dres Raúl Alberto Neu, Mario Eduardo Kohan y Ariel A. Introzzi Truglia.

Es insostenible que si todas y cada una de las obranzas en planicie intermareal están metidas de cabeza en los más aberrantes crímenes hidrogeológicos de la provincia, con las mismas leyes y reglamentaciones, en los mismos ámbitos, los mismos procesos ambientales ausentes y administrativos fraudulentos, la misma temporalidad y tremebundas escalas, sus juriscidades y jurisdiccionalidades devinieran -sin comunicación esencial, fáctica y axiológica-, aisladas.

No hay abstracción ni doctrina que les cubra sus faltas. De hecho, están metidas de cabeza en suelos que nunca perdieron su condición de dominio público del Estado, aunque ostenten títulos de dominio privado que jamás probaron el gusto de los artículos 2340 y 2577 del Código Civil con las debidas imágenes y soportes de hidrología expresados en ambos. Ver causa 71521

Las pérdidas de las energías de estas baterías convectivas vienen trascendidas en todas las salidas tributarias del Oeste que pugnan por salir al cauce del Luján mostrando sus estancamientos en los miserables zanjones a las que se las ha confinado.

Aguas sin energías convectivas , que tras haber agotado sus recursos gravitacionales se dan de narices de narices con la muerte –la que por ejemplo-, carga el Zanjón Villanueva. Zanjón al que por esos robos hoy le quieren rescatar con una inútil inversión de 75 millones de dólares.

Tan inútiles como los 40 invertidos en el arroyo Las Tunas Darragueira, que terminó consagrando un esperpéntico sarcófago “hidráulico”, pagados por todos los contribuyentes del Estado provincial, para intentar resolver los problemas “de carácter individual” de Nordelta. Intento por demás, reitero, inútil.

Vueltos a cambiar el foco de lo “particular”, propongo dar un ruedo adicional por metafísica yendo de la mano de Heidegger y su mirada de águila.

Inútil este refugio en abstracciones como modo de asumir al mismo tiempo lo fragmentario y la necesidad de falsificación de la unidad. De allí que no exista camino que vaya desde lo fragmentario a la unidad.

La distinción del ser respecto del ente parece aquí basarse y consistir en que se prescinde («abstrae») de todas las particularidades del ente para conservar así lo más universal como lo «más abstracto» (lo más substraído).

Esta doctrina en todo caso nos aleja de querer explicar con el más gratuito de todos los medios de pensamiento, la abstracción, lo más esencial de todo lo que hay que pensar y experimentar. Martín Heidegger, Nietzsche II, 1961

Volvamos también una vez más, a la fenomenal explosión del habla que celebrara el develamiento del ser con el recurso de un simple artículo; que allí mismo donde lo festejaron al creerlo entendido, allí mismo lo perdieron.

Si no seguimos cada día al despertar las luces del Alba…

La respuesta que rebuzna mi burro es sencilla. En la mónada del ser está la raíz de su ocultamiento. Ser, , -y olvidemos por un momento el artículo con que estamos acostumbrados a nombrarlo-, pues en nada aprecia descubrirse fuera del o , enlazante de las energías de dos abismos encimados como fue siempre reconocida la Vida.

Ese o sólo habla desde los enlaces con que se nos regala en juntura o cercanía, la Vida; que en el florecer de la es del espíritu del Amor y nuestra, toda alegría, dice mi burro.

Ahora bien, traducir como física y en adición asegurarle soportes matemáticas, ya es para que cualquier ser, cualquier , salga corriendo de nuestra vista. La no es fruto del obrar, ni del pensar del hombre. Sólo es una palabra que intenta señalar y recordarnos el florecer del ; de la Vida

Es en donde se resuelve el eterno dilema de lo particular y lo general. La búsqueda de una conciliación o síntesis dela multiplicidad y la dispersión, de lo fragmentario y la unidad –con o sin falsificaciones-, queda resuelta en el enlace. Merced a enlaces se funda la Vida. De aquí que no exista, sin el , ni en lo individual, ni en lo abstracto general, camino que vaya desde lo fragmentario a la unidad.

Y es en la de Natura, en la de lo ambiental, donde con más claridad se evidencia que ni lo particular, ni lo general, olárquico u olístico, interesan. Imaginar la condición olárquica de la es algo demasiado elemental; pero no es en esos términos como la se devela; sino en la transferencia de energías de uno en uno; de par en par; de rama en rama; de vena en vena; de llama en llama. Si no nos siguen iluminando a diario las luces del Alba… a la misma preocupación apunta Oliverio Girondo en Inmóvil dure el Alba

Lo único que cuenta para el ser, reitero, es el enlace de dos; así se celebra la Vida, sin especulación metafísica, ni necesidad de adentrarnos en vivencias intrafísicas.y muchos menos en doctrinas de abstracciones generales.

Advertirán V.E. que no hemos hablado de esencias en el ser pues de nada nos servirían sus supuestos atributos para conmover doctrinas. Antes que sus atributos necesitamos dar a sospechar sus medios de develación, tanto de sí, como del ente. Y a ello apuntamos el valor irremplazable del .

A esta relación, al de estas causas, a esta concreta reunión sin necesidad de escapar por doctrina de abstracción, fueron las solicitudes de conexidad alcanzadas por mesa de entradas 24 hs antes de firmada esta resolutoria.

Aprecie la metafísica estos senderos del habla camino hacia el lenguaje, que en prietos bisílabos es dable enriquecer con mayor sinceridad y sencillez la cuestión que por 2500 años viene escapando a cuántica e integridad.

Atendiendo a los enlaces naturales entre sistemas naturales olárquicos abiertos que veremos de acercar en pares enlazados, los efectos jurídicos de esta norma particular trascienden en conciencia lo particular, en manifestaciones de que alcanzan con holgura a superar el propio límite provincial; sorprendiéndonos los interminables enlaces de energía que sostienen la Vida en las sangrías mayores de la planicie intermareal y sus brazos interdeltarios, con el fuego solar y las baterías convectivas aledañas que alguna vez se descubrían en bañados, meandros, costas blandas y bordes lábiles oficiantes de nunca remplazadas, ni reparadas transferencias energéticas.

La abstracción de reconocimiento de estas energías enlazadas para suplirlas por encierros metafísicos devenidos doctrina, o por extrapolación física matemática de dinámicas horizontales en planicies extremas, congelan reflexión sobre sus esencialidades y se ahorran axiologías y facticidades que le llueven por mil en estas causas de hidrología urbana, develadoras de la en estos brazos interdeltarios y compromisos invalorables con la planicie intermareal a la que asisten.

Dado que la es de reconocimiento muy antiguo poniendo nombre al ser y a sus revelaciones, acerquemos mínima filología a esta voz.

Reproduzco de Heráclito este fragmento que llegándonos traducido como: “la Naturaleza ama el ocultarse", a este burro resulta apropiado traducir como “las fuentes de la Vida aman encriptarse", pues tras abismos de Amor ya no es Natura como ente, sino el Amor que a todo ser lo mueve, que esta voz refiere.

La raíz indoeuropea bheud-, en grado cero *bhu, habla del ser, del existir, del crecer, del florecer phul sánscrito, bloom inglés, en estas fuentes de la Vida -o Naturaleza como tardía traducen a esta -, que acerca particular piedad al ocultarse, para revelarse en tránsitos propios de locura, en logos abismal, en los enlaces de los abismos del Amor, en tramas de máxima tensión y en el momento oportuno.

Si es en los abismos de los enlaces que se devela la , pues entonces ya tenemos sobrados sarcófagos “hidráulicos” cargados de penurias desesperando develamiento de esas energías desaparecidas. Develamientos que en mi caso no brotan de academias, sino regalados de los abismos del Amor.

Intentemos recalar en la como manifestación oculta de la energía del ser, no precisamente como física y mucho menos con las medidas propuestas por el hombre, como ya Protágoras lo hace notar:

Medida de todas las cosas es el hombre, de las que son en cuanto que son, de las que no son en cuanto que no son.

Vano intento metafísico que busca al ser a través del ente; revistiendo al mismo ente de nuestras propias urgencias y medidas, para que todo presunto desocultamiento quede resuelto en asegurados presupuestos.

En este caso, presupuestos newtonianos, modelando sarcófagos con los ojos cerrados y cerrando en adición los ojos, al interminable menú que el sol regala para sostener la Vida entera en el planeta.

Extrapolar inciensos doctrinarios para resolver que el objeto de la demanda alcanza sólo a situaciones con compromisos jurídicos particulares, es calco de trascendidos especulativos de una ciencia que imagina a Natura cortada en pedacitos, a los que luego una matemática infalible y aseguradora reunirá.

Quienes han bastardeado estos trámites degenerados en crímenes, son los mismos que ya los han reiterado más una larga docena de veces, sin siquiera intentarlos disfrazar como aquí en vano persiguen con fraudes administrativos.

 

Antecedentes axiológicos y fácticos

Acaso con estos disfraces de abstracto y particular, eludiríamos el fracaso de 2500 años en metafísica o de 250 años en hidráulica de planicies extremas con soportes de física matemática. Incapaces en esa eternidad de abrir los ojos a la ausencia de pendientes mínimas que permitan sospechar la inexistencia de energía gravitacional en planicie intermareal, allí adonde van a parar las miserias colectadas en sus brazos interdeltarios.

La doctrina de la abstracción, en este caso newtoniana, se hace presente en sus modelaciones extrapolando energías erradas a soportes de cajas negras. Tan erradas, que las expresiones del titular de la AdA en el 2006 reiterando su carencia de información hidrológica para demarcar parcllas dek brazo interdeltario vecinas inmediatas a La Lomada, no son de olvidar y por ello hubimos también de solicitar la conexidad de la causa 71848 a la 71614.

Pero si la AdA no contaba con información hidrológica apropiada para un área con pendientes donde aún es dable modelar hidrología cuantitativa sin gruesos errores, cómo habría normativa particular o general alguna, acertar a respetar los soportes hidrológicos que apuntan los art. 2340 y 2577 del C Civil, sin bajar de la luna las extrapolaciones matemáticas de energía gravitacional con que callan lo que las imágenes delatan; anegamientos de recurrencia bien menor a 5 años, haciendo a la noción de maximum flumen estallar. Ni las tierras de Justiniano, ni las de Borda en Alpacorral conocieron planicies extremas.

Si tenemos 3 casos instalados uno junto al otro, cuyas miserias lucen a tambor batiente que resuena por todos lados, pues entonces ruego a V.E. no las eludamos con doctrinas de abstracción, sin antes someter estas doctrinas a presión.

Si al recurso extraordinario presentado por este actor en la causa B 67491 en el 2006, se le hubo de responder admitiendo su participación como tercero en la litis, no sin antes dejar expresado reconocimiento de valor y utilidad; cómo habrían ahora de desestimarse estos esfuerzos, si nuestros aportes no han cesado de perseverar en develamiento con el mayor empeño en valorar enlaces y cadenas de integridad.

 

De los enlaces convectivos; materia y energía de alcance federal

Nuestros cursos de agua reconocen en sus cuencas superiores la presencia de energías gravitacionales fundantes de la dinámica horizontal de sus aguas. Ya en la medias reconocen un mix de energías convectivas y gravitacionales; para terminar aceptando que en las cuencas inferiores sólo operan convectivas.

Estas energías nunca fueron modelizadas por la ciencia hidráulica, aunque sí reconocidas como flujos turbulentos verticales, y correlatos lexicográficos en termodinámica como flujos convectivos internos naturales positivos. Sus energías, las alcanzadas a arroyos y ríos de planicie, son fruto de acumulaciones de las energías del sol en los suelos aledaños, bañados, esteros, meandros dinámicos, costas blandas y bordes lábiles.

Recursos de acumulación y transferencia a las sangrías mayores que nunca fueron reconocidos y por ende, mucho menos respetados por la ciencia hidráulica; que así no tuvo empacho en rectificar eliminando meandros, canalizando, tablestacando, profundizando, rellenando, operando cosmovisión mecanicista en lo que doy en llamar sarcófagos “hidráulicos”, sin jamás estudiar sus millonarios fracasos.

Ver el abrumador balance “hidráulico” provincial de Elsa Pereyra de la UNGS por http://www.delriolujan.com.ar/agua2.html

El gráfico que sigue es esbozo primario de las diferencias de perfil que lucen las canalizaciones de energías gravitacionales, de las convectivas. La escala del 2º gráfico obligó a exagerar las pendientes, que así como en el longitudinal, también en el eje transversal están en el orden de unos pocos milímetros por kilómetro. Si bien la sangría central reconoce un vector consistente, en los planos laterales de muy baja profundidad las transferencias energéticas operan con un delicadísimo tejido de vectores transversales a este eje. Ver imágenes muy afortunadas de estas espontáneas organizaciones en escala micro en planicies extremas anegadas porhttp://www.hidroensc.com.ar/incorte60.html

Ninguno de nuestros aberrantes sarcófagos hidráulicos está en condiciones de acumular y transferir energías convectivas a las sangrías mayores; que por ello, todos nuestros tributarios urbanos proyectando sus salidas de los brazos interdeltarios a la planicie intermareal tocados por la mano del hombre, yacen soberanamente MUERTOS. No hay una sola excepción a este balance de calamidades extremas.

 

Un balance primario de baterías convectivas perdidas

Tomemos por caso las áreas aledañas de los cursos concurrentes de agua Pinazo-Burgueño-Escobar-Garín que finalizan cadavéricos en el Zanjón Villanueva. En la cuenca del Pinazo-Burgueño comencé hace 16 años este periplo de reclamos que me llevó a la SCJPBA.

La totalidad de los terrenos, esto es: las 18,5 Has que ocupa el barrio Los Sauces (causa B 67491) en medio del área mesopotámica, eran bañados que fueron eliminados de su función como baterías convectivas. Su vecino la Lomada del Pilar (causa 71848) reconoce haber eliminado un mínimo de 30 Has tan sólo considerando losprimeros 100 m de la franja de conservación ley 6253 que rellenó en no menos de 3 Kms de extensión. Otras 10 Has suma Ayres del Pilar; aunque debemos recordar que los anegamientos del 31/5/85 se expandieron a 700 m de la ribera del Pinazo.

En suma, los bañados comprometidos en el área mesopotámica y extramesopotámica antes de confluir en el arroyo Escobar representan unas 600 Has aprox.; de las cuales unas 100 Has de bañados han desaparecido y el resto aparece muy comprometido por los impedimentos a las transferencias al haber sido eliminados sus bordes lábiles. En los restantes 5 Km que con menor pendiente siguen hasta alcanzar las barrancas, en una superficie de bañados estimable en 1000 Has es dable estimar que 200 Has de bañados ya fueron eliminadas. Y ya en la planicie intermareal donde al pobre Zanjón Villanueva le piden milagros, de un área de no menos de 30 Km2, esto es 3000 Has de baterías convectivas, al menos la mitad de sus bañados ya fueron eliminados por El Cantón y Puertos del lago.

En condiciones normales los caudales del A.Escobar permanecen estancados en su confinamiento en el Zanjón. Al resto de los bañados superiores que aún no fueron eliminados, les cabe sin embargo la desvinculación que antes ofrecían los bordes lábiles y costas blandas a las transferencias de energías convectivas de las aguas someras aledañas a la sangría, tras haber sido sus riberas afectadas con bastardeos de limpiezas de lecho que así las impiden. Reitero: en estas cuencas medias es normal advertir un mix de energías convectivas y gravitacionales. Ya en el tramo inferior sólo caben convectivas.

El Zanjón Villanueva reconoce alteos en ambas márgenes y así de nada sirven los bañados aledaños al SE.

En esta salida de la cuenca está previsto una inversión de 75 millones de dólares para ensanchar un Zanjón que da lo mismo tenga 30 o 300 m de ancho; pues nada remplazará a las miles de hectáreas de bañados perdidas. Este es un breve balance de las agonías de uno de estos tributarios del Oeste que al no alcanzar las aguas del estuario carga polución indefinida. Alcanza el cauce del Lujan, pero no logra trasvasarse por diferencias picnales e hidroquímicas con las aguas que descienden del Paraná de las Palmas que ocupan prácticamente todo el curso del Luján.

Todo el sistema de baterías y transferencias convectivas en bañados, costas blandas y bordes lábiles, desde el inicio del área mesopotámica hasta el inicio de la planicie intermareal, fue eliminado sin el más mínimo reconocimiento de su irremplazable función. Jamás el Laboratorio de humedales de la UBA en Núñez, habló de las dinámicas horizontales de las aguas someras en planicies. Se limitó a considerar las verticales por evapotranspiración e infiltración. Totalmente en el limbo de estos temas está el INA. Sólo un físico de flujos doctorado en París y a cargo de la mayor responsabilidad hidráulica en la UBA regaló aprecios a estos enfoques sorprendiéndome con una visita muy rica a mi hogar delvicense, acompañado de un ingeniero especialista en imagen satelital que quería conocer los recursos empleados para editar el banco de imágenes.

Retomando el descalabro hidrológico, lo mismo pasó con el río Luján que debía hospedar estas aguas del Zanjón Villanueva a él tributarias. Recordemos que el Luján queda paralizado al llegar al canal Arias, pues las energías convectivas de éste son muy superiores a las del Luján.

Esta historia interminable de pérdidas de enlaces, continúa hasta llegar a la salida del estuario, donde una vez más se encuentran las aguas que alguna vez transitaban el Luján frenadas por las aguas que escapan hacia el Sur desde el Paraná de las Palmas. Ver informe del 18/5/12 a quienes con mucha amabilidad me solicitaron les visitara.

http://www.delriolujan.com.ar/cloaca2.html

Una vez llegadas al estuario vuelven a demostrar su pobreza en la incapacidad para asistir las dinámicas del corredor natural de flujos costaneros estuariales; el único que ponía en tiempos pasados, límites a la deriva litoral.

Hoy la deriva litoral que normalmente reconocía 150 a 180 m de ancho, supera los 4 Kms y anda a la deriva perdida rumbeando hacia el Emilio Mitre. Dejó de ser una deriva litoral para transformarse en una deriva errante que despega su original rumbo costero a más de 45º de error.

Recordemos que la deriva litoral es la gran responsable de la calidad de las salidas tributarias urbanas al estuario. Por ello toda esta madeja de calamidades enlazadas se traduce en la miseria que descubren las salidas tributarias estuariales, ya sean de los escurrimientos pluviales urbanos por sus bastardeadas cuencas naturales, como la de los espiches urbanos. Unos y otros, al ser conducidos vía entubamiento, no tienen la más mínima suerte de alcanzar energia convectiva alguna.

Así el caos de los escurrimientos urbanos pone el sello a este balance de disfuncionalidades que comenzó el día que los bañados desaparecieron; y con ellos también los flujos convectivos cuyas energías fundadas en calor y sus vectores en gradientes, se perdieron.

Todo el sector de 80 Km2 que va desde el Tigre al Dock Sud y desde el Emilio Mitre hasta la ribera urbana provincial y capitalina, comparten la misma crisis originada en la liquidación de las baterías convectivas.

Pedir auxilio al Banco Mundial para que preste 75 millones de dólares y así ensanchar el Zanjón Villanueva no será de utilidad alguna; pues aunque llevaran el ancho 10 veces más de lo que propone el proyecto, las pérdidas de las energías convectivas robadas aguas arriba , ya no serán repuestas.

Confundir energías gravitacionales con energías convectivas ha sido el meollo del problema a nivel conocimiento. Sin embargo, hubiera bastado el respeto a los arts 2340 y 2577 del Código Civil con sus debidos soportes hidrológicos con soporte en imagen que resuelve toda fabulación; al art 2º, ley 6254 prohibiendo fraccionamientos; y al art 101 de los dec 1359/79 y 1549/83 prohibiendo criminales “saneamientos”, para que la planicie intermareal no estuviera en sus dinámicas horizontales muerta y el santuario Puelche envenenado.

¿Dónde empieza y dónde termina este problema? ¿Acaso aferrados a una abstracción doctrinaria para eludir el reconocimiento de las energías y materias que asisten estas dinámicas horizontales naturales? ¿cuáles son los límites de estas jurisdicidades en normativas y administraciones bastardeadas?

Sólo los que hubieran amasado alguna prospectiva del devenir mediterráneo de Buenos Aires alcanzarían a imaginar la gravedad del daño y acercarían estudio, reflexión y tal vez un día, mínima respuesta.

Perdidas las dinámicas horizontales de los flujos tributarios y estuariales, la escala del problema deviene infernal para toda la gran urbehasta más allá del Dock Sur donde la deriva litoral aún conserva algo de su energía natural.

La gravedad de la causa Matanzas Riachuelo ya alcanza a la conciencia de muchos, la certeza de estar bien contagiada a toda la cuenca del Luján y sus tributarios del Oeste. Recordemos que en la causa MR pesa un abismo de conocimiento paradojalmente patentizado en la reciente confesión de ACUMAR expresando después de 6 años que no sabía cómo identificar el pasivo ambiental del PISA MR, Plan Integral de Saneamiento Ambiental de la Cuenca Matanzas Riachuelo, que la ley 26168 había pretendido poner en movimiento.

Aquí tenemos otro ejemplo de la falsificación de la unidad que nos señala Heidegger probando que una ley nacional urdida con la experiencia sumada de las calamidades del Riachuelo de al menos 140 años, y enriquecida con las modelaciones matemáticas del INA, la UBA y las universidades de San Martín, de La Plata y del Litoral y las consultorías internacionales del Banco Mundial y el BID y las nacionales de HYTSA y EIHSA, concluyen en confesiones que dejan a las de Agustín de Hipona en el olvido.

Por cierto, la solución vendrá de cualquier lado. Ya sea descubriendo nueva cosmovisión o aplicando receta puntual de cosmovisión ya descubierta. Sin embargo, el encierro procesal de la causa MR, está bien fondeada en doctrina.

Un ámbito comparable al del Riachuelo en todo sentido, es el del Vinculador del río Reconquista Allí se hubo de iniciar el 23 de marzo la competencia de remo para clasificación olímpica. 4 Días después hube de alcanzar un Hecho Nuevo a esta causa I 71908 refiriendo de los trabajos de remoción de 200.000 m3 de barros superpolucionados del fondo del curso del canal que fueron refulados sobre un basural vecino y sobre la ribera ajena al festival.

Esta tarea cuya irresponsabilidad criminal supera hasta lo inconcebible lo más impropio de una administración municipal violando todo tipo de normas y controles, se gana con creces la tipificación que el Código Penal señala en su art 200.

Fue realizada por 4 dragas sin mediar consideración alguna a lainadmisibilidad de refular barros peligrosos en áreas expresamente prohibidas por arts 24º y 25º de la Res 97/01, por ser inundables; por no haber transitado el más mínimo Proceso Ambiental, ni formulado los Indicadores Ambientales Críticos que caben a los Estudios de Impacto Ambiental; ni haber presentado estos EIA; ni haber convocado audiencia pública; y por ende, no haber evaluado ni firmado DIA alguna de orden provincial como cabe a estas obranzas por Anexo II de la ley 11723. Apareciendo la Provincia y el municipio igualmente responsables de estas faltas.

La resolutoria rechazando in límine la causa I 71908 no hace la más mínima mención a esta presentación que como Hecho Nuevo fue sumada a la primera; y siendo que su trascendencia supera lo inefable de un daño directo a toda la Comunidad, cabe destacar en el petitorio de este recurso su consideración muy especial pues en NADA coincide con los argumentos esgrimidos de un interés particular que no involucra ofensas, en este caso, incalificables a terceros.

Antecedentes de la dimensión federal de estos crímenes hidrogeológicos e hidrológicos recalando en nuestra planicie intermareal, son las causas 2843 ahora con Nº 8951/11 y la 9066/12 abiertas en el Juzgado Federal en lo Criminal de San Isidro las que han sido detonadoras de la trascendencia federal de estas ruinas hidrológicas provocadas por agresiones de todo tipo a los suelos aledaños, eternos e irremplazables proveedores de energías convectivas a estos sistemas;

como ser eliminación de los bañados que ofician de baterías convectivas; obranzas de cavas infernales hasta el corazón del santuario Puelches para generar rellenos; dragados a los barros incalificables del fondo del Aliviador violando todo tipo de normas y Procesos que acercan a los argumentos de este rechazo in límine, una patencia glacial de injusticia ambiental.

En la boca de salida estuarial del Luján cabe afinar la mirada para advertir hasta dónde está comprometida la ciudad de Buenos Aires en su transición mediterránea. Estas demandas servirán para en conciencia crítica anticiparla.

Ninguna mirada macro es aceptable sin correlatos micro. Ningún planteo hidráulico es aceptable donde no hay pendiente. Ninguna excusa tienen las DIA y las Convalidaciones Técnicas Finales de los barrios Santa Catalina; San Rafael y San Gabriel, para refugiarse en situación particular y concreta que tendría efectos jurídicos que sólo alcanzarían de modo directo e individual a los interesados. Los compromisos jurídicos en leyes, reglamentaciones, energías, materias e interjurisdiccionalidades ambientales, son interminables.

Los efectos jurídicos de la falta de respetos a las dominialidades públicas del Estado en estos suelos de la planicie intermareal por debajo de las pautas que señalan los arts 2340 y 2577 del Código Civil con los debidos soportes de hidrología y los regalos de imágenes aéreas puntuales que nos evitan toda fabulación matemática; la falta de respetos a las prohibiciones de fraccionamiento; la falta de respetos a las prohibiciones de saneamiento sumergiéndose en directo en los más aberrantes crímenes hidrogeológicos de la provincia; la falta de respetos a las cesiones y a las restricciones, trascienden federales hasta donde los orígenes de las ausencias de energías convectivas y la extensión de los santuarios hidrogeológicos hacen valer sus reclamos.

Al discurso ambientalista de los humedales le faltó esta especificidad para mirar por las energías que asisten las dinámicas horizontales de las aguas someras y correlatos en sangrías mayores, tributarias de planicie intermareal.

A esta especificidad va el Anexo II que acompaña esta solicitud de revocatoria.

Estos procesos convectivos de flujos mentados por la mecánica de fluidos como verticales, fueron descubiertos por Henri Benard en el año 1900. De este punto de arranque siguen mil senderos que no habría en este breve encuadre lugar otro que por anexo.

En la Universidad de Chicago, que ha sido sede de estudios recientes en turbulencias, se ha trabajado usando como modelo el agua. ¡Cuántas veces la hemos calentado sin percatarnos de la gran complejidad de los movimientos que se generan! Consideramos interesante transcribir la descripción de los autores que realizaron un experimento en un recipiente de unos veinte centímetros de alto, el cual calentaban por abajo y enfriaban por arriba, tal como lo hacía Bénard para buscar el gradiente que pusiera sus células movimiento.

Nos dicen los científicos que el agua gira en sentido inverso a las manecillas de un reloj y que en ciertas regiones del recipiente el líquido se acelera antes de subir rápidamente como un chorro, el cual atraviesa la parte superior y desciende también en forma de chorro hacia el fondo; esto parecería una gran célula de Bénard.

Paralelamente, cerca del fondo del recipiente se observan regiones de capas límite en donde el líquido está relativamente en calma, pero con una temperatura mayor que el resto, y a la mínima perturbación emergen las plumas térmicas de estas regiones. Todo este concierto de formas y movimientos, paradoja de la turbulencia, parece llevarse a cabo en zonas independientes.

En razón de vivir aislado no conozco observador, aparte de este que suscribe, que haya insistido tanto, con auxilio de imagen, en el tema de las disociaciones y capa límite térmica e hidroquímica; en túneles urbanos y estuariales, en arroyitos, ríos pequeños y enormes, salidas estuariales, salidas oceánicas y conos de deposición sedimentaria oceánica, de silenciosos y memoriosos corredores convectivos de aguas dulces por completo disociados no sólo de las aguas inmediatas, sino también y lo que es mucho más grave, de todas los soportes hoy empleados por la ciencia hidráulica y termodinámica.

Esto que llaman caos determinista aporta, mal que le pese a la ciencia, una visión contraria a la que se tuvo durante mucho tiempo en el sentido de que un sistema se podía conocer si se estudiaban por separado las partes que se advertían lo constituian.

La doctrina de la abstracción poniendo barreras a los vínculos entre lo particular y lo general carga los mismos vicios y limitaciones que carga la ciencia.

Veamos por caso algunas disgresiones fruto de las divisiones entre sedimentología, estratigrafía, hidrología, hidráulica y oceanografía física.

Dicen nuestros sedimentólogos que un 73% aprox. de los sedimentos que llegan al estuario provienen del Bermejo. También dicen que su deposición en el plano estuarial se demora más de dos meses en desplazamientos.

Por cierto, jamás en ninguna de estas ciencias a excepción de la oceanografía física con exclusiva remisión a sistemas termohalinos, se movieron a considerar la importancia de las convecciones internas naturales positivas.

Tan en extremo encerrados en sus catecismos mecánicos, que nunca parecen haber observado el gran cono de sedimentación oceánica donde descargan los sedimentos del Bermejo y de todo lo que boya en estos corredores de aguas dulces estuariales; que disociados y en parte apareados a otros salados, marchan por debajo de estos últimos, superando la línea del frente halino que va de Punta Piedras a Montevideo -donde siempre supusieron las mayores sedimentaciones en función de la mayor capacidad para flocular cargas sedimentarias que tiene el agua salada-, en más de 600 kilómetros marchando, reitero, disociadas las dulces de las aguas saladas hasta el límite de la frontera uruguayo-brasilera; para luego torcer rumbo a 90º y convectar externamente buscando el gradiente térmico que le conduce al talud oceánico; donde, tras barrer el fondo e incorporar las energías gravitacionales que le provee la pendiente transversal de la plataforma continental, se sumerge en el talud para perderse donde mi imaginación sus pasos de seguir ya resulta impotente.

Para advertir estos senderos no tuve necesidad sino de abrir los ojos como urgía Zarathustra. Ninguna doctrina me abrió al fenómeno eurístico; sino un picaflor al que siempre agradezco.

En estas vivencias hospedando por algo más de tres décadas el camino de lo particular y lo general siempre me fue descubierto en un lugar concreto y haciendo foco en lo más pequeño para luego comenzar a atar cabos energéticos en inmediata vecindad.

Nunca sentí, por aplicarme al estudio de Newton o por recitar la 2ª ley de la termodinámica, progreso alguno. Por el contrario, para que estos fenómenos que entraban por un par de asombrados ojos hicieran camino por senderos de conceptualización fenomenológica, sólo tenía que atender las vigilias del Alba y tras levantarme a trabajar comenzar a atar cabos que ponían en capilla las leyes apuntadas.

Por cierto, poco me importa perder tiempo en impugnaciones, si no fuera porque en ese ejercicio reflexiono y pulo en algo mi expresión. La transmisión del develar del ser y su regalo en la entidad de estos corredores convectivos, reclama infinitos mayores esfuerzos que atender el despertar.

Agradezco a ese maravilloso ser Alflora Montiel Vivero su fenomenal mirada y transmisión de ánimo, que del valor de su pobreza no tengo dignidad para ...

Es imposible, advirtiendo todas las variables conocidas y mucho más sospechando las desconocidas, que la vía de sistemas separados como lo ha hecho el dis-cernimiento científico toda la Vida, conduzca a intelegir los abismos de donde brota la Vida. Antes tendrá que comenzar a valorar las uniones, con órdenes y equilibrios o sin ellos. Pues está claro que la expresión “orden” no es más que una ilusión de lo poco que sabemos.

“El orden no es una propiedad de las cosas materiales en sí mismas, sino sólo una relación para la mente que lo percibe”. Maxwell

Es natural que hace cien años fuera más sencillo ver un cordón litoral y relacionarlo con la ola oblicua que se paseaba en visibles vecindades. Los flujos convectivos naturales internos positivos, a pesar de extraordinarios por su alta capacidad para hacerse cargo de los desplazamientos horizontales de las aguas donde la falta de pendientes hace impensables las funciones gravitacionales que la hidráulica siempre extrapoló de sus manuales; por su alta capacidad para asociarse con las baterías aledañas merced a costas blandas y bordes lábiles; por su alta capacidad de transporte sedimentario sin erosionar las riberas pampeanas, ni las playas atlánticas; por su alta capacidad para mantenerse disociado y siendo dulce, conservar personalidad en medio del océano salado; por su alta capacidad para marchar por debajo de las aguas saladas hasta los conos de deposición sedimentaria oceánica, aún cuando siempre la oceanografía física hubo estimado en contrario; aún así no hemos logrado sacarlos del corset de su vulgar catalogación como “turbulentos” y dejado en el cajón de los postergados enredos. Turbulentos y revueltos así han quedado nuestros sistemas tras quedar perplejos

La voz "entropía" procede de la raíz indoeuropea *trep- volver, girar; en sánscrito, trápate cambiar de sitio; en griego entropia, cantidad que se mantiene constante en un cuerpo tras sus diferentes transformaciones. Regalo que apunta a movimiento perpetuo y que ningún modelo aislado lograría imaginar viable –ni con ayuda de la 2ª ley-, aunque en brazos de Natura reine por doquier.

Estas primogenituras del habla y los lenguajes sean útiles a precisar el alcance de muchas afirmaciones; que si presumimos dogmas y doctrinas, merezcan al menos un breve pasaje por filtro hermenéutico que pula sus enunciados.

Lejos de planteos y montajes lineales, fácil es de imaginar las prestas observaciones críticas que suscitará este escrito con más de un centenar de cambios de escenario; probando en su propio desarrollo, cuántos estímulos ventilan estos pasajes de lo particular a lo general y viceversa; moviéndose de los abismos metafísicos a los hasta hoy insospechados intrafísicos; de las esferas poéticas a las lingüísticas; de las escisiones científicas al florecer de la en sus - en sus enlaces de energía, en todo tipo de vínculos con que se fecunda la Vida-; de los cerrojos procesales doctrinarios a los antecedentes que una y otra vez fallan y se levantan, para así cada vez justificar y corregir sus Vidas.

El develar del ente sorprende; el del ser abisma. Ni uno ni otro responde a ley o doctrina. Ambos están llamados a ir a más profundo, a más pequeño, a más íntegro para recibir en devolución lo más original y particular.

Que su traducción general sea producto de consumo o doctrina parece inevitable. Pero el hecho de que ese mercado o esa religión, por sus propios intereses prohiba la comunicación que va de lo general a lo particular siempre más profundo, no tiene otra explicación que el temor a los abismos. Ese horror que algunos llaman nada donde una vez Heidegger localizó la angustia metafísica.

Ajustaría entonces la expresión de mi amigo picapiedras respecto a la necesidad de falsificación de la unidad. Conveniente lugar para el ocultamiento del ser y necesidad propia del que pone una bella tapa a ese ataúd de donde brotan los abismos de todo develamiento. Unos por temor, otros por respeto y alegría, de sus frutos hicieron doctrina y mercadería. Que luego ambas se aferren a mentar absolutos y garantías no es de sorprender. Tal vez fuera esta la falsificación aludida.

El ser al develarse ya dejó atrás a los arquetipos colectivos, no sin antes educarnos en ellos. La cohabitación es en arquetipo personal, vincular; no en marco parental. Estos callan para dar todo el lugar a la fecundidad del vínculo.

Los vientos que soplan las Vidas que moraron en abismos llaman desde el Amor de a uno en uno. No necesitan de la seguridad de las doctrinas, ni de los mercados, ni de las mónadas arcaicas, medioevales o cartesianas. Tampoco del conocimiento, pues sobrevolar abismos o acercarse a sus límites no alcanza para morar en ellos.

El descenso a cualquier abismo sólo es merced de un Amor particular, concreto y admirable. Por eso es éxtasis donde florece un día la confianza y sin hacer preguntas es llevado a cohabitar. No es abstracto en el sentido vulgar, no es metafísica, no es especulación doctrinaria, no es seguridad y mucho menos poder. Es sólo una hebra de Amor que viene del capital de Gracias del desconsuelo de una Vida que nunca alcanzó patenciación otra que a sus cercanías.

Ese venir no es directo, sino por vinculación, por enlace; probando que hasta lo más sublime se fecunda atravesando el ser con su Amor el eje de dos Vidas. Y a qué sorprender que de amores imposibles se devele lo increíble.

 

GRATUIDAD DE LAS ACTUACIONES

El art. 2 de la Ley 25.675, establece que "La política ambiental nacional deberá cumplir los siguientes objetivos: ... i) Organizar e integrar la información ambiental y asegurar el libre acceso de la población a la misma;...".-

Que el art. 16 de la mencionada norma establece "...Todo habitante podrá obtener de las autoridades la información ambiental que administren y que no se encuentre contemplada legalmente como reservada" y su art. 32 refiere sin dejar lugar a ningún tipo de dudas que "...El acceso a la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo o especie", siquiera las que gravan las actividades de los profesionales del derecho, ya que indirectamente se infringe la mencionada disposición en razón de la obligatoriedad del patrocinio letrado que imponen los códigos rituales.-

A mayor soporte el art. 28 de la Constitución Provincial concluye que "...En materia ecológica sedeberágarantizar el derecho a solicitar y recibir la adecuada información y a participar en la defensa del ambiente, de los recursos naturales y culturales."

La Excma. Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto recientemente que en los casos de acciones judiciales dirigidas a la protección del medio ambiente, no corresponde el reclamo del pago previo de tasas, costos y costas. Dicho precedente citamos para fundar esta petición.

“La Plata, 2 de noviembre de 2005. AUTOS Y VISTOS:... El art. 32 de la ley general 25.675, al tiempo que establece que la jurisdicción en materia ambiental: ‘... será la que corresponda a las reglas ordinarias de la competencia’, precisa que ‘... [el] acceso a la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo o especie’. La referida norma, cierto es, no desvirtúa los poderes normativos y jurisdiccionales que, en su calidad de entes políticos autónomos, las provincias se han reservado en el pacto constituyente (arg. arts. 75 inc. 12, 121, 122, 123 y concs. C.N.). Antes bien, tal como lo impone el texto constitucional en que el legislador fundamentó la determinación normativa bajo examen (art. 41, C.N.), se ha resguardado la intervención de la jurisdicción local en temas ambientales no interjurisdiccionales, al poner en cabeza de los tribunales ordinarios la aplicación de la ley 25.675... De todos modos, el alto interés institucional, social y, por tanto, jurídico, comprometido en la especie (art. 41, en conc. art. 28, Const. Pcial.), exige dar una respuesta que sin mengua del reconocimiento estructural de las potestades locales, resguarde, en todo su posible aprovechamiento, las garantías que la normativa ambiental aspira a implementar efectivamente, en modo uniforme e igualitario para todo el país (art. 3 ley 25.675)....

Bajo esta óptica, y dado que una solución contraria enervaría la funcionalidad del texto invocado, ... una lectura amplia del acceso a la jurisdicción frente al posible gravamen ambiental, tal cual surge, además, de la letra del citado art. 32 de la ley 25.675. En consecuencia, ha de serles reconocido que esa accesibilidad no esté condicionada por restricciones económicas en todo su derrotero procesal, incluyendo la fase de actuación inherente a esta sede extraordinaria, puesto que la disposición referida no circunscribe su vigencia al mero ingreso ante los estrados judiciales competentes solo en sus instancias ordinarias...”.(Ac. 93.412. Granda Aníbal y Ots. c. Edelap S.A. s. Amparo).

La gratuidad de la justicia y el acceso a los estrados judiciales, sin cortapisas, lo estatuyen también los Tratados internacionales, (San José de Costa Rica).

La CSJ en el caso “Giroldi” JA 1995-III-571 dijo que al otorgarse jerarquía constitucional a la Convención Americana de Derechos Humanos en las condiciones de su vigencia, quiso poner de manifiesto que era tal como la misma regía a nivel supranacional y teniendo en cuenta la aplicación que hacían los Tribunales internacionales competentes.

Así en el caso “Cantos” ( ver en www.corteideh.orga.cr) se analizó los alcances del acceso a la jurisdicción, y recordando lo dispuesto por el art. 8 del Pacto de San José, resulta contraria a dicho norma todo impedimento patrimonial que lo dificulte y que no estuviera justificado por razonables necesidades de la propia administración de justicia. Mencionó al acceso a la justicia como un derecho humano por excelencia.

Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires ha resuelto que “Tratándose de la tutela jurisdiccional frente a un posible daño ambiental, no es exigible el deposito previo del art. 280 del CPCC”.

Resulta fácilmente parangonable esa situación con la de autos, toda vez que el art 32 de la ley 25.675dice “el acceso a la jurisdicción por cuestiones ambientales no admitirá restricciones de ningún tipo o especie”. Es por ello que, invocando la ley vigente, se declare sin mas trámite ni sustanciación alguna EL BENEFICIO DE GRATUIDAD A ESTA PRESENTACION PARA LA TRAMITACION DE ESTE RECURSO y como tal, eximido de pago de toda suma de dinero.

 

Planteo del caso federal

Para el hipotético caso de que V.E. no hicieran lugar a la acción que se interpone, hago saber que plantearé el caso federal de conformidad con lo establecido por los Art. 31, 41, 75 incs. 19 y 22 de la C.N. y 28 de la CP, en un todo de conformidad con lo previsto por el Art. 14 de la Ley Nº 48.

La ocupación de la planicie intermareal se ha traducido en los más aberrantes crímenes hidrogeológicos de que tenga noticias la provincia; y en robo de energía a la dinámica horizontal de estos sistemas naturales que concluye, por dar ejemplo, en los infiernos del zanjón Villanueva cuyas calamidades proponen las resuelva el Banco Mundial o el BID con el plan de la DIPSOH que no sabe otra cosa que mirar por la manzana de Newton y jamás ha acertado a resolver NADA en ninguna planicie, sino, reitero, a acabar con todas las energías responsables de las dinámicas horizontales.

La trascendencia es federal desde el momento que tanto el santuario Puelches es interprovincial; como que el robo de energías convectivas, tanto en los tributarios que descienden por los brazos interdeltarios, como en la planicie intermareal, se traducen en agotamiento de recursos para sostener la Vida del canal natural costanero del cual depende la condición “litoral” de la deriva que saca todos los tributarios y espiches urbanos de toda la metrópoli, al estuario.

También formulo esta salvedad para el caso que no se declare la inadmisibilidad de haber refulado barros peligrosos en áreas del Aliviador del Reconquista, pista nacional de remo, expresamente prohibidas por arts 24º y 25º de la Res 97/01 para hacerlo, por ser inundables; por no haber transitado el más mínimo Proceso Ambiental, ni formulado los Indicadores Ambientales Críticos que caben a los Estudios de Impacto Ambiental; ni haber presentado estos EIA; ni haber convocado audiencia pública; y por ende, no haber evaluado ni firmado DIA alguna de orden provincial como cabe a estas obranzas por Anexo II de la ley 11723. Apareciendo la Provincia y el municipio igualmente responsables de estas faltas

Solicito a V.E. un pronunciamiento expreso sobre la cuestión planteada.

 

Planteo del caso ante la Comisión Interamericana

También formulo esta salvedad para el supuesto que no se declare la inconstitucionalidad de la Res Nº 1152/11 corresp al exp 4112-38061/07 del barrio Santa Catalina; de la Res Nº 2284/11 del barrio San Rafael corresp al exp 4112-24621/10 y de la Res Res 2283/11 del barrio San Gabriel, corresp al exp 4112-24620/10. Todas ellas referidas a emprendimientos de EIDICO en el municipio de Tigre, que se dicen DIA, peo, mal nos cabría mentarlas como tales

Demandar por inconstitucionales los convenios firmados en el marco del decreto 1727/02 entre la provincia y los municipios de Tigre y Pilar, por la falta completa de virtud de todas sus Convalidaciones Técnicas Finales.

Dejando en claro que las múltiples y radiantes responsabilidades desprendidas de estas faltas, son exclusivas municipales.

También solicito se declare la inadmisibilidad de haber refulado barros peligros en áreas del Aliviador del Reconquista, pista nacional de remo, expresamente prohibidas por arts 24º y 25º de la Res 97/01, por ser inundables; por no haber transitado el más mínimo Proceso Ambiental, ni formulado los Indicadores Ambientales Críticos que caben a los Estudios de Impacto Ambiental; ni haber presentado estos EIA; ni haber convocado audiencia pública; y por ende, no haber evaluado ni firmado DIA alguna de orden provincial como cabe a estas obranzas por Anexo II de la ley 11723. Apareciendo la Provincia y el municipio igualmente responsables de estas faltas

Que de no ser así confirmarían la voluntad de continuar encubriendo los vicios que alimentan estos pasivos ambientales, violentando la cláusula de progresividad reconocida en el tratado descripto, y la CN en cuanto otorga a sus habitantes el derecho a gozar de un ambiente sano, y a preservarlo; derecho que excede el marco de la esfera de voluntad de quienes gobiernan y/o legislan. La colisión jurídica es patente, gravosa e ilegal y de ahí que la justicia internacional también esté involucrada.

Por ello, a todo evento hago saber que plantearé el conflicto normativo a la COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS. (Ley 23054)

Al respecto hago saber que el Tribunal Interamericano ha establecido que “el control de convencionalidad que por la magistratura local debe ejercerse de oficio”. Caso Trabajadores Cesados del Congreso vs. Perú. Sentencia sobre Excepc Prelimin Fondo, Reparac. y Costas, 24/11/06, Serie C 158 pár 128 dijo:

“Los órganos del Poder Judicial deben ejercer no sólo un control de constitucionalidad sino también de convencionalidad ex officio entre las normas internas y la Convención Americana, evidentemente en el marco de sus respectivas competencias y de las regulaciones procesales correspondientes”.

Solicito a V.E. una expresa decisión sobre el control de convencionalidad.

 

La siembra en lo general nunca me hubiera llevado tan lejos en lo particular. Por el contrario, la experiencia ganada en la mirada a lo particular me permitió observar infinitos ajustes que caben a lo normativo general.

A esta mirada le he puesto pasión por décadas. Instalado en isla de naturaleza me ha tocado de cerca; y jamás me habría interesado sin tratarse de bienes difusos vinculados desde lo más colectivo y general a nuestra responsabilidad siempre individual y personal. Cultivada en infinidad de pequeñas causas, su tejido vincular me movió hace 5 años tras los enlaces termodinámicos.

Con 70 años y 22 en defensa de bienes difusos – mi primer expediente es de Agosto de 1990 solicitando el cierre de una tosquera donde se faenaban caballos y volcaban atmosféricos por la módica suma de lo que entonces representaba un $1-, siento haber amasado criterios que serían de más utilidad en tribunales dispuestos a enriquecer especialidades que hacen a la esencia de los problemas del agua en nuestras pampas chatas.

De nada sirven a nuestra provincia las abstracciones de Newton y sus gravedades, si no hay pendientes, ni cuentas de las fortunas tiradas a la basura en obras inútiles y ruinas que han dejado en civilización y Natura elevadas a potencias poco imaginables. Novedades que apuntan déficits de criterio al mundo entero de la hidráulica en planicies; ya sea en las planicies de Ucrania, en las planicies tejanas o en las planicies pampeanas.

Los zapatos del hortelano no son a festejar; si, tal vez, su mirada.

 

Copias requeridas

De la Resolución Reg 400/12 de la Excma SCJPBA y su notificación.

Del escrito de este Recurso Extraordinario Federal; junto a las copias de los:

Escritos de la Demanda de Inconstitucionalidad por Anexo I

Escritos del Hecho Nuevo presentado el 27/3/12 por Anexo II

Escritos solicitando la Revocatoria del rechazo in límine por Anexo III

Del Anexo II al escrito de la solicitud de Revocatoria por Anexo IV

 

Agradecimientos

Agradezco a V.E. quieran apreciar la consideración de estos textos que apuntan a blanquear acceso a lo general desde lo particular, para concretar sentido.

Agradezco a mis Queridas Musas Alflora, Estela y Ángela, ánimo e inspiración

 

Petitorio

De la consideración profunda que V.E. otorguen a las debilidades vinculativas entre lo particular y lo general que esta doctrina reconoce con falsedad instalada en mecánica analógica; la misma que impera en centenaria ceguera en la ciencia hidráulica.

De la consideración de este recurso extraordinario aguardo de V.E. el derecho a la vinculación procesal que permita avanzar en el fondo de la cuestión de esta demanda de inconstitucionalidad de las Res Nº 1152 del 12/5/11, exp 4112-38061/07 del barrio Santa Catalina; de la Res Nº 2284del barrio San Rafael del 6/10/11, exp 4112-24621/10 y de la Res Res 2283 del barrio San Gabriel, del 6/10/11, exp 4112-24620/10. Todas ellas referidas a emprendimientos de EIDICO en el municipio de Tigre, que se dicen DIA, pero, mal nos cabría mentarlas como Declaratorias de Impacto Ambiental.

Al igual que por la inconstitucionalidad de los convenios firmados en el marco del decreto 1727/02 entre la provincia y los municipios de Tigre y Pilar, por la falta completa de virtud de todas sus Convalidaciones Técnicas Finales.

Dejando en claro que las múltiples y radiantes responsabilidades desprendidas de estas faltas, son exclusivas municipales.

También solicito se declare la inadmisibilidad de haber refulado barros peligrosos en áreas del Aliviador del Reconquista, pista nacional de remo, expresamente prohibidas por arts 24º y 25º de la Res 97/01, por ser inundables; por no haber transitado el más mínimo Proceso Ambiental, ni formulado los Indicadores Ambientales Críticos que caben a los Estudios de Impacto Ambiental; ni haber presentado estos EIA; ni haber convocado audiencia pública; y por ende, no haber evaluado ni firmado DIA alguna de orden provincial como cabe a estas obranzas por Anexo II de la ley 11723. Apareciendo la Provincia y el municipio igualmente responsables de estas faltas

Oportunamente se revoque la Resolución Nº 400/12 recaída en autos con fecha 23 de Mayo del 2012

 

Francisco Javier de Amorrortu

 

Ignacio Sancho Arabehety

CPACF T 40 F 47